España declara que se vulneraron los derechos del ex viceministro Villalobos por su prisión provisional

Se le investiga por el presunto blanqueo de dinero procedente de entidades venezolanas

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional (TC) ha estimado el recurso de amparo presentado por el ex viceministro chavista Nervis Villalobos contra la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid que ratificó su ingreso en prisión provisional en febrero de 2018 por un presunto delito de blanqueo, al considerar que se vulneró su derecho a la libertad personal, si bien ya está fuera de la cárcel.

El alto tribunal ha acordado «restablecerle en su derecho y, a tal fin, declarar la nulidad del auto del juzgado de instrucción número 41 de Madrid del 20 de febrero de 2018 por el que se decretó la prisión provisional», así como de los autos dictados posteriormente por la Audiencia Provincial para confirmarlo.

No obstante, «dado que el recurrente fue puesto en libertad con posterioridad a la presentación de la demanda» ante el TC, los magistrados han ceñido el amparo «al reconocimiento de la vulneración de los indicados derechos fundamentales».

Así, el Tribunal Constitucional ha considerado que la mera declaración por su parte de que los derechos de Villalobos fueron vulnerados «constituye en sí misma la reparación» de los mismos.

El TC ha determinado que «el procedimiento seguido para acordar la prisión provisional del demandante no ha respetado las garantías legales de información y acceso a los elementos esenciales de las actuaciones ni las garantías de contradicción e igualdad de armas que exige el principio de jurisdiccionalidad de la medida».

SIN LAS GARANTÍAS MÍNIMAS

«Ni el recurrente ni su letrado han tenido oportunidad de conocer con un mínimo de precisión los términos de la petición de prisión del Ministerio Fiscal, y no han podido acceder a las actuaciones en las que se asienta para alegar eficazmente sobre la legalidad de la medida ante el juez instructor», ha indicado.

En la misma línea, ha señalado que «tampoco han tenido conocimiento y acceso idóneos a las observaciones y la base documental esgrimidas por la parte acusadora al oponerse al recurso de apelación, necesarios para cuestionar la legalidad de la prisión acordada».

Con todo ello, el TC ha determinado que «se ha vulnerado el derecho a la libertad personal, por haberse adoptado la prisión sin observancia de la forma prevista en el ordenamiento y sin respetar las garantías procedimentales mínimas».

En consecuencia, el Tribunal Constitucional ha otorgado a Villalobos el amparo solicitado y ha anulado los autos del juez instructor y la Audiencia Provincial que le llevaron a prisión provisional.

LA TRAMA VENEZOLANA

Villalobos fue detenido en Madrid el 28 de octubre de 2017 como consecuencia de una orden internacional de detención emitida por Estados Unidos por su presunta implicación en una trama de corrupción vinculada a la petrolera venezolana PDVSA.

En junio de ese año, el juzgado de central de instrucción numero tres de la Audiencia Nacional incoó diligencias previas contra Villalobos, su mujer y otras dos personas venezolanas a raíz de una denuncia del Ministerio Fiscal por un presunto delito continuado de blanqueo.

Las autoridades portuguesas ya investigaban la gestión por parte del Banco Espíritu Santo del dinero depositado por entidades públicas de Venezuela, que habría generado intereses por valor de más de 248 millones de dólares, la mitad de los cuales no habrían revertido a esas cuentas bancarias, sino a un entramado de sociedades, incluida una sociedad de la que es beneficiaria la mujer de Villalobos.

La Audiencia Nacional se limitó a investigar la denuncia contra el matrimonio por un ingreso de casi siete millones de dólares en una cuenta del Banco de Madrid a nombre de una sociedad radicada en Madeira que se recibió mediante siete transferencias efectuadas por una empresa de Miami que controlaban personas detenidas en 2016 en Estados Unidos por lavado de dinero.

Tras practicar una serie de diligencias, entre ellas el registro de dos viviendas propiedad del matrimonio, la Audiencia Nacional se inhibió a favor de los juzgados madrileños, recayendo el caso en el 41.

En el marco de la investigación dirigida por este juzgado, Villalobos estuvo detenido entre febrero y septiembre de 2018 y, tras un breve periodo de libertad condicional, fue nuevamente detenido en octubre. Volvió a la libertad condicional en diciembre de 2018.

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