Esade cree necesario condicionar las ventajas de los ERTE a la facturación de las empresas

La profesora titular de Derecho del Trabajo de Esade Law School Anna Ginès cree necesario que el Gobierno condicione las ventajas facilitadas a las empresas para poder acogerse a ERTEs para afrontar las consecuencias de la expansión del virus Covid-19 al nivel de facturación de las sociedades.

En un encuentro telemático con los medios de comunicación este viernes, Ginès ha señalado que, hasta ahora, el Ejecutivo ha optado por una «solución uniforme» cuando, realmente, «la crisis va a afectar muy diferentemente en los distintos sectores» ya que, si bien algunas empresas han visto restringida su actividad, otras han podido recurrir al teletrabajo y otras incluso han visto aumentada la demanda.

Así, cree que habría sido deseable que el Gobierno hubiera condicionado las exenciones o bonificaciones a la cotización a no haber tenido un determinado nivel de ingresos anterior, o que incluso se obligara a contribuir en mayor medida en los ingresos del trabajador, asumiendo parte de la prestación.

Garcès ha señalado que, si bien como norma general esta disposición pudiera haber acarreado alguna vulneración en los principios de igualdad o de libertad de empresa, ha recordado que esta situación tiene lugar en un Estado de alarma y dentro de una modalidad específica con exenciones en las cotizaciones y una mayor protección a las personas afectadas.

«No habría un problema jurídico vincularlo al nivel de ingresos de la empresa», ha remarcado la profesora de Derecho al Trabajo, que también apuesta por comprobar cómo otros países han repartido los costes entre Estado, empresa y trabajador para garantizar la protección de los trabajadores.

ANTICIPA PROBLEMAS JURÍDICOS POR EL COMPROMISO FUTURO DE NO DESPEDIR

Respecto a las garantías para mantener el empleo en empresas acogidas a las medidas laborales extraordinarias en el decreto ley que facilita los ERTEs, la profesora titular de Esade Law School cree que la falta de desarrollo y concreción de esta disposición puede acarrear problemas jurídicos en el futuro.

Y es que, ha señalado, no se concretan ni las medidas que puede acarrear dicho incumplimiento ni las consecuencias sobre los eventuales despidos, así como qué medidas extraordinarias son las referidas. A su juicio, las consecuencias deben pasar por una devolución de las exenciones y bonificaciones aprovechadas y el gasto asumido por el Estado, así como la improcedencia o nulidad de los despidos.

Por otro lado, ha recordado la obligación expresa de las empresas para no solo obligar a los trabajadores a cumplir con las medidas de seguridad, sino proporcionar los equipos de protección y formar en cómo usar estos equipos, pero también para quitarlos y desecharlos.

Asimismo, ha lamentado el carácter voluntario de la autoevaluación de los riesgos laborales en el decreto ley, sin ofrecer criterios o recomendaciones adicionales, como las personas empleadas del hogar, un colectivo con más de 600.000 trabajadoras, sobre las que no hay contemplado hasta el momento una prestación extraordinaria, y también las de plataformas digitales, por la falta de medidas de prevención específica y una ausencia de retribución mínima garantizada.

Respecto a las posibilidades del trabajador a acogerse a una reducción de jornada, ha subrayado que se trata de un derecho individual del trabajador, que puede ejercitarlo si así lo considera, pero ha matizado que la regulación no le reconoce la capacidad para determinar cómo hacerlo, debiendo así a atenerse a las necesidades que pueda plantear la empresa, debiendo entonces llegar a un acuerdo.

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