Entra en vigor el primer convenio colectivo para los más 5.000 trabajadores de organización de eventos


El primer Convenio Colectivo Estatal de Empresas Organizadoras de Eventos ha entrado en vigor desde el pasado 1 de enero de 2025, que afecta a más de 5.000 trabajadores del sector y tendrá vigencia entre 2025 y 2027, contemplando una jornada laboral de 37,5 horas semanales para 2027, así como un complemento de flexibilidad para las jornadas irregulares que llegará al 10% en ese año.

Este convenio, resultado de un año y medio de negociaciones entre la patronal Aevea, la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras (FSC-CCOO) y la Federación Estatal de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT (FESMC-UGT), será de obligatoria aplicación en todo el territorio nacional a la actividad de agencias y/o empresas organizadoras de eventos corporativos e institucionales, y describe los grupos profesionales y sus funciones, además de ordenar y fijar la jornada de trabajo en el sector.

Debido a la particularidad de la organización de eventos, este novedoso marco jurídico laboral recoge la distribución irregular de la jornada, que supondrá la posibilidad de flexibilizarla de acuerdo a las necesidades del sector, con lo que implementa un complemento de flexibilidad, que se abonará mensualmente a razón de un 5% del salario base mensual en 2025, un 7,5% en 2026 y un 10% en 2027.

Así, se podrá adaptar la jornada laboral al volumen de trabajo en las empresas, estableciendo límites semanales, mensuales y trimestrales.

En concreto, el nuevo convenio colectivo fija para 2025 una jornada semanal de 38,5 horas; en 2026 de 38 horas y de 37,5 horas a la semana en 2027.

Sobre los incrementos salariales que percibirán los profesionales del sector durante los años de vigencia del convenio, en el BOE se establece una cuantía del 2% en 2026 sobre el salario base de 2025, y se aplicará la misma medida en 2027 en referencia a 2026.

Hasta la entrada en vigor de un nuevo convenio (posterior a 2027), el salario base se revalorizará, al menos, con la cuantía correspondiente a la variación interanual del IPC de diciembre del año anterior, con un límite de un incremento mínimo anual del 1% y un máximo del 3%.

El nuevo Convenio Colectivo de Empresas Organizadoras de Eventos tendrá vigencia durante 2025, 2026 y 2027, y, a partir del fin del periodo, el convenio se entenderá prorrogado de año en año, en caso de que no se denunciara por cualquiera de las partes «legitimadas».

En cuanto a las empresas afectadas, dispondrán de un plazo máximo de seis meses para llevar a cabo su adaptación desde la publicación del convenio en el BOE, aunque en lo relativo a la estructura y condiciones salariales, las compañías deberán aplicarlas con efectos retroactivos al 1 de enero de 2025.

El presidente de Aevea, César González, ha señalado que este convenio «llega en un momento de recuperación de la actividad y de buenas perspectivas de futuro y supone un avance histórico para la industria de los eventos y sus trabajadores».

«Con un convenio propio, podremos marcarnos nuevos retos a nivel institucional, así como con otras organizaciones y entidades, para impulsar nuestro posicionamiento en el sector», ha añadido González.

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