El TSXG autoriza prorrogar hasta el 7 de mayo la exigencia del certificado Covid-19 en hospitales y residencias
Justifica la medida en esos lugares por haber «una mayor concentración de personas vulnerables» y una probabilidad de transmisión «más alta»
SANTIAGO DE COMPOSTELA, 22
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha autorizado a la Xunta a prorrogar en toda la Comunidad gallega hasta el próximo 7 de mayo la obligación de presentar el certificado Covid-19 de vacunación, recuperación o prueba diagnóstica negativa para visitar a los pacientes ingresados en centros hospitalarios y sociosanitarios residenciales de mayores y de personas con diversidad funcional.
Así lo ha informado el TSXG, que explica que la Sala destaca que, para autorizar la medida, que tiene como propósito «defender la salud pública malograda por la pandemia», ha tenido en cuenta los informes técnicos presentados por la Xunta.
Los magistrados consideran necesario, dada la situación epidemiológica actual, exigir en la comunidad la exhibición de uno de los tres certificados Covid-19, «tanto para evitar la transmisión del virus como para contribuir a que la población más resistente a vacunarse lo haga».
Además, subrayan que la medida es «necesaria, idónea y proporcionada» en relación «con los sacrificios» que se exigen para procurar la defensa de la salud pública.
En el auto se puntualiza que la autorización judicial supone la prórroga de dos precedentes, ya autorizadas por esta sala en siete ocasiones hasta distintas fechas, que se extendieron hasta las 00,00 horas del 23 de abril y que ahora se amplía hasta las 00,00 horas del 7 de mayo, «en todos los casos en razón a la situación epidemiológica y a las propuestas técnicas, que en este caso vuelve a elevar la Subdirección Xeral de Información sobre Saúde e Epidemioloxía en su informe de 19 de abril, al que se acompaña otro del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias que ofrece datos consolidados a las 10,00 horas del día 12 de abril.
MASCARILLA
Asimismo, en el auto, la Sala resalta que en el territorio nacional también se mantiene la obligatoriedad del uso de mascarilla en los centros, servicios y establecimientos sanitarios, sociosanitarios y en las residencias de mayores, «al ser los ámbitos donde puede haber una mayor concentración de personas vulnerables, en las que el riesgo de enfermedad grave es mayor, y donde la probabilidad de transmisión es más alta».
Esta supone la única medida en la actualidad en la Comunidad gallega tras haberse eliminado la última restricción en hostelería –limitación de comensales– en el inicio de la Semana Santa.
Según puntualiza el TSXG, contra la resolución cabe presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo.