El TS establece que Adif debe contabilizar los permisos retribuidos como días efectivos de trabajo, según CGT

El Tribunal Supremo (TS) señala que el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif) tiene que contabilizar los permisos retribuidos como días efectivos de trabajo, según ha informado en un comunicado el Sector Federal Ferroviario de la Confederación General del Trabajo (CGT).

De esta manera, el Alto Tribunal ha dado la razón a CGT en un conflicto colectivo que inició a finales de noviembre de 2020, con una demanda ante la Audiencia Nacional con la que pretendía lograr que los días de «permisos retribuidos» o «licencias» se contabilizaran únicamente sobre días de trabajo efectivos, sin tocar los de descanso o festivos.

Al conflicto colectivo se adhirió posteriormente la Federación de Servicios a la Ciudadanía-Sector Ferroviario de Comisiones Obreras (CC.OO), la Federación de Servicios Movilidad y Consumo de la Unión General de Trabajadores (UGT), el Sindicato de Circulación Ferroviario (SCF) y el Sindicato Ferroviario Intersindical (SFI).

Desde CGT han destacado que la Audiencia Nacional dio también en su día la razón al sindicato, reconociendo el derecho de los trabajadores a que los días de licencia retribuida fueran los días de trabajo efectivos laborables, aunque Adif recurrió la sentencia al Tribunal Supremo, que ahora ha confirmado la decisión de la Audiencia Nacional.

«Esta sentencia permite reclamar todas aquellas situaciones en las que se hayan suprimido descansos por este motivo, desde un año antes de la interposición de la papeleta de conciliación (30-10-2019), y su reclamación por vía judicial, de no ser aceptada, se puede ejercer hasta un año después de la fecha de la sentencia del TS (7-6-2024)», han subrayado desde CGT.

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