El Tribunal Supremo estima en parte el recurso de CGT contra la oferta de empleo público de 2022


El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso de la Federación Estatal de Trabajadores de las Administraciones Públicas de CGT (Fetap-CGT) contra el decreto por el que se aprobó la oferta de empleo público para el año 2022 y el que aprueba la oferta para la estabilización del empleo público en la Admnistración General del Estado, correspondiente a la Ley de 2021 de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público.

El Alto Tribunal declara también la nulidad del real decreto de 24 de mayo de 2022 en la medida en que para las plazas cuyo sistema de selección sea el concurso, no prevé la reserva legal para personas con discapacidad, si bien desestima el recurso en todo lo demás, según el fallo de la sentencia, con fecha 16 de julio, al que tuvo acceso Europa Press.

El sindicato apeló la falta de aplicación de la Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada, que «sigue sin estar transpuesta en el sector público», quedando las administraciones públicas excluidas en cuando las consecuencias del incumplimiento de los límites temporales el trabajador temporal público.

Del mismo modo, el sindicato apeló por las plazas ocupadas por personas en abuso de temporalidad y el incumplimiento del cupo de discapacidad en los puestos de la Administración.

Sin embargo, Fetap-CGT ha lamentado que el Tribunal Supremo no acepte las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), aunque señala que la realidad de la Administración «ya no se puede ocultar».

Asimismo, el sindicato ha señalado al Ministerio para la Transformación Pública y de Función Pública y a su dirigente, el ministro Escrivá, como «principal culpable», aunque señala que Escrivá tiene «una nueva oportunidad para cumplir» mediante el anteproyecto de ley de Función Pública, que aprobó el Consejo de Ministros el 16 de julio de 2024.

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