El TC avala vacunar contra el coronavirus a una persona que por enfermedad no puede dar su consentimiento
Argumenta que si no recibe la dosis se la aboca a una situación de «semi aislamiento»
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por unanimidad suspender la autorización judicial dada al servicio médico de una residencia para que vacune contra el coronavirus a una persona mayor con Alzheimer y que, según un juzgado del municipio canario de Telde y la Audiencia Provincial de Las Palmas, quienes dieron el permiso, no está capacitada para consentir la vacunación.
Se pronuncia a raíz de que el tutor de la afectada pidiera que no fuera vacunada al entender que ello supondría una «intervención coactiva» realizada «al margen de su voluntad», añadiendo que podría provocarle perjuicios «irreparables o de muy difícil reparación», según ha informado este miércoles la corte de garantías en una nota.
En un auto, el TC argumenta que ha tenido en cuenta que si no se le administra la vacunación, esta persona está abocada «por razones sanitarias» a una situación de «semi aislamiento» que afecta «negativamente» a «su indemnidad física y psíquica».
Con el presidente del TC, el magistrado Pedro González-Trevijano, como ponente, el tribunal desestima por unanimidad la solicitud de suspensión cautelar de la autorización, ya que las razones esgrimidas, explica, «han de ser valoradas» en sentencia.