El Supremo revoca también la anulación por parte del TSJC del cierre del ocio nocturno en agosto de 2020

El Tribunal Supremo ha revocado dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) que anulaban el cierre del ocio nocturno impuesto en agosto de 2020 por el Gobierno de Cantabria y estimaban los recursos planteados por la Asociación de Empresas de Ocio Nocturno de la comunidad autónoma y uno conjunto planteado por algunos bares especiales afectados por la resolución de la Consejería de Sanidad.

Ambas sentencias, a las que ha tenido acceso Europa Press, han sido dictadas el 6 de febrero por la Sección Cuarta de la Sala Contencioso-Administrativo del Supremo.

En ellas, se estiman los recursos interpuestos por el Gobierno de Cantabria ante esas dos resoluciones del TSJC.

En estas sentencias, el razonamiento del Supremo para su decisión va en el mismo sentido que en la que ya se conoció hace unos días –aunque dictada un día después, el 7 de febrero– revocando una sentencia del TSJC en la que se anulaba el cierre del interior de la hostelería cántabra impuesta por Sanidad en noviembre de 2020.

Así, el Supremo reconoce que «bastaban los poderes ordinarios de las autoridades sanitarias autonómicas para hacer frente a la pandemia».

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