El Supremo revoca la sentencia que impedía el uso de escopetas antidisturbios a los agentes de Carabineros

El Tribunal Supremo de Chile ha revocado la sentencia emitida por la Corte de Apelaciones de Valparaíso que ordenaba a Carabineros dejar de usar escopetas antidisturbios ante cualquier incidente que se produzca en la ciudad.

El fallo, que fue emitido el pasado mes de julio, tuvo lugar de forma unánime tras acoger una quincena de recursos interpuestos por observadores y defensores de los Derechos Humanos, que han condenado la labor de la institución en el marco de las protestas registradas tras el Estallido social en octubre de 2019.

A pesar de eso, la Tercera Sala del Supremo ha decidido revocar la sentencia dado que considera que no era la jurisdicción de la Corte de Apelaciones establecer la legalidad de la actuación policial en sus labores de control, según informaciones de la emisora Cooperativa.

Asimismo, el tribunal ha analizado los nuevos protocolos del Ministerio del Interior y de Carabineros para hacer frente a nuevas protestas. «Se observa que se han dictado los protocolos que regulan el uso de la fuerza, conforme a los cuales los agentes policiales deben ajustar su acción en los términos que para cada caso se detalla», ha dictaminado el Supremo.

En este sentido, ha indicado que la determinación de la legalidad del actuar del Cuerpo a la hora de contener las manifestaciones «es una cuestión que no puede ser resulta por esta vía».

Sobre el fallo emitido, el director de Justicia de Carabineros, Jaime Elgueta, ha indicado que «el máximo tribunal revocó por unanimidad en lo pertinente a los medios disuasivos, declarando que su uso se encuentra legitimado por la legislación nacional».

«En lo particular de la actuación de Carabineros, ésta se ajustó a los procedimientos y protocolos establecidos para el mantenimiento del orden público quebrantado por los graves hechos de violencia que experimentó el país, y en particular, la Quinta Región», ha puntualizado.

Por otra parte, Elgueta ha señalado que el fallo «tendrá una gran influencia» en los procesos judiciales que siguen abiertos en la Fiscalía y los tribunales ya que «desestima una afectación sistemática de los Derechos Humanos y, por el contrario, válida la legitimidad de la policía en el ejercicio del control del orden público».

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

La Mesa del Besaya pide retirar las estructuras «abusivas» de las terrazas hosteleras de Torrelavega
Desestimada la petición de los restauradores de reabrir la actividad por el TS de Justicia de Baleares

Bloqueador de anuncios detectado

Por favor, considere ayudarnos desactivando su bloqueador de anuncios