El Supremo da la razón a Altadis al confirmar la anulación del registro que la CNMC realizó en sus oficinas
El Tribunal Supremo ha dado la razón a Altadis al confirmar la anulación de una inspección llevada a cabo por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en las oficinas de la tabaquera en 2017, según la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press.
De esta forma, el alto tribunal ratifica la sentencia de la Audiencia Nacional que declaró nulo en 2021 el registro y obligó a devolver a la empresa propiedad de Imperial Tobacco la documentación obtenida y a eliminarla del expediente abierto contra ella, Philip Morris, JTI y Logista.
Según la sentencia, no puede considerarse conforme «a las pautas de lealtad, buena fe y transparencia exigibles a la actuación administrativa la ocultación de un dato relevante como el relativo a si los inspectores habían solicitado autorización judicial para la entrada y si el juez había autorizado la entrada».
El proceso se abrió en 2017, fecha en la que la CNMC inició una investigación por posibles prácticas anticompetitivas en el mercado de fabricación, distribución y comercialización de cigarrillos, consistentes en eventuales acuerdos de precios o condiciones comerciales.
En concreto, el procedimiento supuso una multa de 57,7 millones de euros impuesta por la CNMC en 2019, de los que 21 millones de euros correspondieron a Logista, 15,3 millones a Philip Morris, 11,4 millones a Altadis y 10 millones a JTI.
«Altadis considera que esta decisión judicial tendrá una influencia decisiva en la sentencia definitiva sobre el asunto», han señalado desde la compañía.