El Supremo admite el recurso de Polygon por la autorización de la CNMV a la OPA de Lorca sobre MásMóvil

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido el recurso de casación del fondo estadounidense Polygon Global Partners contra la sentencia de la Audiencia Nacional de finales de 2023 que inadmitía el recurso planteado por la firma norteamericana en contra de la resolución de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) de julio de 2020 en la que este organismo daba su visto bueno a la oferta pública de adquisición (OPA) planteada por Lorca sobre el 100% de las acciones de MásMóvil.

En concreto, Polygon Global Partners presentó en 2020 un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional contra la autorización por la CNMV de la OPA presentada por los fondos KKR, Cinven y Providence –que integran el consorcio Lorca Telecom– para hacerse con el 100% de las acciones de MásMóvil por unos 3.000 millones de euros.

La firma de inversión estadounidense entró en el accionariado de MásMóvil tras el anuncio de la OPA (poseía en torno al 1%) y vendió su participación antes de la exclusión bursátil.

En ese sentido, se mostró contraria en varios ocasiones a la operación al considerar que incumplía el régimen jurídico de las OPAs y lesionaba «gravemente» los intereses de los accionistas de la teleco, que hoy en día está integrada en Masorange (participada al 50% por Orange y MásMóvil).

Asimismo, Polygon solicitó en 2020 a la CNMV que investigase las condiciones de la OPA, especialmente aquellas que hacían referencia a aspectos relacionados con el precio equitativo, las opciones existentes para la aparición de ofertas competidoras, el deber de pasividad y la compensación al oferente acordada ante determinados escenarios.

El fondo, disconforme con la valoración de MásMóvil (llegó a decir que la oferta estaba entre siete u ocho euros por debajo de la correcta), criticó que, al tener éxito la OPA, los accionistas no aceptantes se verían obligados a elegir entre vender sus títulos al mismo precio o convertirse en inversores de una sociedad no cotizada y controlada por «las mismas personas que, de forma concertada, han diseñado y ejecutado la oferta sin respetar los intereses, derechos y expectativas legítimas de los restantes accionistas».

En este contexto, a finales de diciembre de 2023 la Audiencia Nacional inadmitió el recurso de Polygon, que decidió entonces elevar su petición al Tribunal Supremo, el cual ha admitido el recurso de la sentencia de la Audiencia Nacional en un auto emitido el pasado 18 de abril.

En ese sentido, el Supremo determinará si el titular de las acciones (Polygon en este caso) está legitimado para recurrir ante la jurisdicción contencioso-administrativa la aprobación de una OPA voluntaria pese haber adquirido las acciones de MásMóvil con posterioridad al anuncio de la misma y venderlas antes de la exclusión de su negociación bursátil, con independencia del número de acciones que ostentase.

Además, el Supremo tendrá que confirmar, completar, reforzar, matizar o, en su caso, corregir la doctrina referida a la legitimación de los titulares de swaps (un tipo de derivado financiero) para impugnar una resolución de la CNMV que autoriza una OPA relativa a las acciones a las que se refiere ese derivado financiero.

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