Asesores fiscales defienden aplicar el IVA superreducido a las mascarillas
La Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) ha rebatido la postura del Gobierno sobre el IVA de las mascarillas y ha argumentado razones compatibles con la normativa europea sobre el Impuesto sobre el Valor Añadido para bajar el tipo a este producto.
En concreto, AEDAF hace referencia a las recientes declaraciones de la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, que mencionó «un Reglamento europeo» para defender la imposibilidad de bajar el tipo del IVA aplicable a la venta de mascarillas. Según los asesores fiscales, en realidad, la ministra quiso referirse a la Directiva 2006/112, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que regula las disposiciones que rigen el funcionamiento de este impuesto en el ámbito comunitario.
Esta Directiva incluye, en su Anexo III, una serie de bienes y servicios a los que los Estados miembros podrán aplicar los tipos reducidos del IVA vigentes en sus territorios, como por ejemplo, los productos farmacéuticos utilizados normalmente para el cuidado de la salud y la prevención de enfermedades, así como los equipos médicos, los aparatos y demás instrumental utilizado normalmente para aliviar o tratar determinadas deficiencias físicas. En el caso de España, dichos tipos podrían ser tanto el 10 como el 4 por ciento.
AEDAF también recuerda la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que, ante la laxitud de España a la hora de aplicar los tipos reducidos a las entregas de material sanitario, sirvió para aclarar aquellos supuestos en los que resulta de aplicación el tipo reducido a las entregas de material sanitario. Los expertos tributarios afirman: «Lo que señaló el Tribunal es que debe siempre seguirse una interpretación estricta en cuanto al uso de dicho material, pudiendo aplicar el tipo reducido únicamente cuando dicho uso sea exclusivamente para diagnosticar, tratar, aliviar o prevenir enfermedades.»
«Teniendo en cuenta las circunstancias en las que nos encontramos, podríamos afirmar que, a priori, el objetivo del uso de la mascarilla es la prevención de enfermedades y, en consecuencia, la entrega de las mismas podría beneficiarse de la aplicación de los tipos reducidos del IVA vigentes en España (10% e incluso 4%). No obstante, entendemos que justificar el encaje las mascarillas entre los bienes a los que, por estar incluidos en el Anexo III de la Directiva del IVA, es posible aplicarles un tipo puede llegar a ser problemático. Para ser totalmente justos, sería posible argumentar que las mascarillas pueden tener diferentes usos más allá de la prevención del contagio de enfermedades», apuntan.
AEDAF propone así «adoptar una posición pragmática que, además, es la que han adoptado muchos Estados miembros (a pesar de la anterior jurisprudencia del TJUE, que también se les aplica a ellos y no solo a España), entre los que se encuentran Portugal, Italia, Francia y Alemania, a la hora de acordar que la venta de mascarillas puede beneficiarse de tipos reducidos del IVA.»
De hecho, existe una propuesta del año 2018 de la Comisión Europea para modificar la estructura de los tipo del IVA, dando una mayor flexibilidad a los Estados miembros para determinar los tipos aplicables en sus respectivos territorios y permitiendo que existan hasta cinco tipos del IVA distintos, incluido un tipo del 0 por ciento. Esta propuesta aún está pendiente de aprobación, pero en la práctica supone que los Estados miembros pueden aplicar tipos reducidos a las entregas de bienes siempre que esas modificaciones se encuentren en la línea de la propuesta pendiente de aprobación.
Para AEDAF, aprobar la aplicación de un tipo reducido a la entrega de mascarillas estaría en esa línea, puesto que «no hay que olvidar que la finalidad de la aplicación de los tipos reducidos de IVA no es otra que disminuir el coste para el consumidor final de determinados bienes esenciales como pueden ser las mascarillas». «El Gobierno de España debería establecer un coste de las mascarillas que sea accesible para todos los ciudadanos y consideramos que esto puede hacerlo a través de una bajada del tipo del IVA aplicable a su entrega», insisten.