El plan especial urbanístico de reconstrucción tras la dana se tramitará en un máximo de nueve meses


La Generalitat vuelve a reclamar al Gobierno que ejecute las obras hidráulicas que eliminen el riesgo de inundaciones

VALENCIA, 2

El conseller de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio, Vicente Martínez Mus, ha destacado que el plan especial urbanístico de reconstrucción, tras la dana que el pasado 29 de octubre arrasó la provincia de Valencia, permitirá «una tramitación ágil de un máximo de nueve meses» en todos los municipios afectados por las inundaciones.

Así lo ha indicado tras la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat (DOGV) del decreto-ley de medidas urbanísticas urgentes para favorecer las tareas de reconstrucción. «El objetivo de esta nueva regulación es equilibrar la restricción del desarrollo en suelos con riesgo de inundabilidad, con la necesidad de facilitarlos para lograr el crecimiento económico de los municipios», ha explicado en un comunicado.

El decreto-ley introduce la figura del plan especial urbanístico de reconstrucción, que se tramitará de manera urgente y flexible y permitirá a los ayuntamientos participar en el proceso. Su objetivo es la creación de suelos destinados a viviendas, la reubicación de polígonos industriales y la integración de infraestructuras necesarias.

Respecto a los plazos, la aprobación del plan se llevará a cabo en el término de nueve meses, en contraste con los años que normalmente requeriría un procedimiento administrativo.

La nueva normativa incluye la suspensión de todos los procedimientos urbanísticos en suelos rurales inundables a la espera de que la Administración General del Estado apruebe un plan de obras hidráulicas que elimine el riesgo de inundaciones. «Unas actuaciones que exigimos que se lleven a cabo a la mayor celeridad posible», ha subrayado Martínez Mus.

Por su parte, en suelos rurales no inundables se permite la tramitación de procedimientos urbanísticos, siempre que se cuente con el informe pertinente del organismo de cuenca del Estado.

Según el decreto-ley, esto incluye los planes urbanísticos en suelos en situación básica rural e inundable, las declaraciones de interés comunitario en suelos inundables y los procedimientos en suelos no inundables, todo ello según las cartografías del PATRICOVA (Plan de Acción Territorial de carácter sectorial sobre prevención del Riesgo de Inundación en la Comunitat Valenciana), la del Ministerio para la Transición Ecológica y la elaborada por la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio sobre zonas afectadas por la dana, hasta que se presente un informe de escorrentías de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) que evalúe el riesgo de inundación asociado.

PROYECTOS DE RECONSTRUCCIÓN LOCAL

Por otro lado, el decreto-ley plantea que los ayuntamientos también puedan acelerar la modificación de planeamientos en suelos urbanizados para facilitar la reconstrucción y crear proyectos de reconstrucción local que permitirán destinar suelos vacantes no ejecutados a la construcción de viviendas, entre otras medidas de carácter excepcional.

Además, se prevén modificaciones en el uso de suelos dotacionales y un régimen especial para la restitución y reconstrucción en suelos urbanizados, permitiendo que las obras de reparación se realicen bajo un régimen de declaración responsable. En el caso de nuevas edificaciones o intervenciones en edificaciones protegidas, será necesaria también la certificación de conformidad de una entidad colaboradora urbanística.

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