El abogado de exconsejeros de BFA afirma que todas las versiones de las cuentas de la entidad eran verdaderas

Carga contra el error de la Fiscal al dar por fallecida a Mercedes Rojo y después acusarla fuera de plazo

SAN FERNANDO DE HENARES (MADRID), 24

El abogado defensor de los exconsejeros de BFA Jesús Pedroche Nieto, Estanislao Rodríguez Ponga y Mercedes Rojo Izquierdo ha asegurado que todas las versiones presentadas de las cuentas de la entidad del año 2011 reflejaban su imagen fiel, criticando además que las acusaciones del juicio por la salida a Bolsa de Bankia confundan reiteradamente a los consejos de Bankia y BFA, atribuyendo a unos responsabilidades de los otros.

Así lo ha puesto de manifiesto durante la sesión del juicio que se celebra este martes en la Audiencia Nacional de San Fernando de Henares (Madrid), en la que ha presentado su defensa para los dos exconsejeros, acusados solo por particulares, y Mercedes Rojo, acusada por la Fiscalía por su pertenencia al comité de auditoría y cumplimiento (CAC) de BFA.

A Rojo se le atribuye un delito de falsedad en las cuentas de BFA del ejercicio 2011 y se le acusa, igual que al resto del CAC, de formar parte de una «conspiración» para ocultar al resto del consejo y al auditor la falsedad de las cuentas anuales.

Para defenderse de estos hechos, su abogado ha sostenido que las cuentas sí reflejaban la imagen fiel de la entidad y que el propio desarrollo de la prueba pericial impide una sentencia condenatoria, debido a las discrepancias entre los peritos, que darían a entender que la prueba no es suficiente para considerar probado que las cuentas no reflejaran la imagen fiel.

«Los peritos de la Fiscalía no dieron ninguna razón objetiva que deba ser creída por encima de la de los peritos de la defensa. Defendían su criterio, pero sin dar motivos para que de manera razonable el tribunal pueda darles la razón», ha señalado.

En concreto, entre los dos peritos judiciales sumaron siete informes con diferentes versiones de la que sería la imagen fiel de la situación de BFA, que a su vez divergían de las de los peritos de las defensas, los acusados, las cuentas formuladas y las reformuladas.

«Todas ellas reflejaban la imagen fiel, porque las cuentas anuales de una entidad tienen una parte objetiva y otra que se refiere a estimaciones y juicios de valor, y las discrepancias se reducen solo a los juicios de valor, la parte que no puede integrar delitos de falsedad de cuentas, las estimaciones a futuro, en las que nadie puede acertar», ha argumentado.

Aún en el supuesto de que las cuentas no reflejasen la imagen fiel, ha sostenido que era deber de los consejeros formular las cuentas por el principio de confianza y reformularlas si luego el auditor presenta salvedades, por lo que sin informe de auditoría no se podría acusar a los consejeros de falsedad contable.

Además, Rojo (al igual que los miembros del CAC de BFA) no habría tenido conocimiento de los supuestos deterioros no contabilizados, ya que el consejo en que Norniella habría hablado a los consejeros de los ajustes del deterioro inmobiliario fue de Bankia, no de BFA; los power point que el auditor Francisco Celma presentó al CAC de BFA no mencionaban ajustes, salvedades ni falsedades, sino cuestiones pendientes en revisión con la dirección y la supuesta dilatación en la entrega de documentación relativa a las tasaciones era de Bankia y en ningún caso competencia del comité de auditoría.

Asimismo, su abogado ha puesto de manifiesto que en el consejo de BFA de 28 de mayo de 2012, en el que se informó de la necesidad de reformular las cuentas de 2011, se indicó que las mismas no habían sido objeto de salvedades por el auditor externo, el interno o el interventor general, y Mercedes Rojo declaró que en ningún momento se le facilitó información que pusiera de manifiesto que hubiese discrepancias entre el auditor y la dirección de la entidad, por lo que «difícilmente se puede hablar de dolo falsario en su actuación».

LA FISCALÍA LA DIO POR FALLECIDA

Por otra parte, el abogado ha afirmado que se ha producido una vulneración del principio acusatorio, debido a que la Fiscalía introdujo en sus conclusiones finales nuevos hechos que no formaban parte de las conclusiones provisionales de ninguna acusación: la supuesta existencia de deterioros ocultos en las cuentas de BFA y la supuesta conspiración de la que habrían formado parte los miembros del comité de auditoría para ocultar información al auditor o al resto de consejeros.

El letrado ha asegurado que las conclusiones pueden modificarse en aspectos como la participación de los acusados o las penas que se pide, pero que no se permite la modificación de los hechos. «Por esto, se ha vulnerado el principio acusatorio y ya solo por este motivo procede la libre absolución de Mercedes Rojo», ha afirmado.

Respecto a la exconsejera, el abogado ha criticado también el «error material» de la Fiscalía al darla por fallecida y no acusarla dentro del plazo de conclusiones definitivas, destacando que durante el inicio de la exposición de las mismas se le dijo verbalmente a Rojo que la fiscal no formulaba acusación contra ella, enterándose posteriormente por la prensa de que finalmente sí estaba acusada por el Ministerio Público, que había modificado sus conclusiones finales. «No hay derecho a esto», ha lamentado el letrado.

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