El Parlament de Cataluña presenta alegaciones a la JEC para «defender el acta de diputado» de Juvillá (CUP)
Asegura que la JEC no tiene competencia para anular el acuerdo del pleno que defiende su acta
BARCELONA, 14
El Parlament de Cataluña ha presentado alegaciones a la Junta Electoral Central (JEC) para «defender el acta» del diputado de la CUP y secretario tercero de la Mesa, Pau Juvillà, en las que recuerda que la sentencia que le inhabilita seis meses no es firme.
En las alegaciones, consultadas por Europa Press este viernes, letrados de la Cámara piden desestimar los escritos presentados ante la JEC por Cs, Vox y PP pidiendo dejar sin efecto la credencial de Juvillà como diputado, y sostienen que continuar con este proceso «no tiene ningún sentido».
Tras recordar que el Parlament aprobó una resolución descartando causas de incompatibilidad que afecten a la condición de diputado de Juvillà, avisan de que la JEC «no puede dictar, bajo pena de exceder sus competencias, una resolución que implique revisar, sustituir o dejar sin efecto» esta resolución.
Juvillà fue condenado en diciembre por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) a seis meses de inhabilitación por desobediencia cuando era concejal en Lledia, por mantener lazos amarillos en su despacho en el Ayuntamiento en campaña electoral.
El pleno del Parlament aprobó el 17 de diciembre un dictamen de la Comisión del Estatuto del Diputado descartando causas de incompatibilidad en Juvillà, y días después la JEC sostuvo que debe perder el escaño y pidió al Parlament informar de las decisiones que tome sobre el asunto.
Tras esta aprobación del dictamen por parte del pleno, los letrados han resaltado que la Administración electoral «no debería tener competencia para adoptar una decisión que implique, de hecho y de derecho, sustituir un acto parlamentario y dejarlo sin efecto».
«Una intervención de la JEC que pretendiera este resultado tendría los efectos equivalentes a un acto anulatorio de la resolución parlamentaria, y significaría que la JEC se autoatribuiría un poder de revisión o anulación que excede manifiestamente sus funciones», aseguran.
CASO DE TORRA
Recuerdan que la JEC dejó sin efecto la credencial del expresidente de la Generalitat Quim Torra, al apreciar «inelegibilidad sobrevenida» aplicando el precepto que considera inelegible a los condenados por sentencia, aunque no sea firme, con inhabilitación por delitos de rebelión, contra la Administración pública, contra las instituciones del Estado y por terrorismo.
Destacan que esta interpretación «no se puede realizar al margen de lo que dispone el Reglamento del Parlament en materia de incompatibilidades y de las competencias que le son propias en este ámbito», por lo que descarta que se pueda aplicar esta inelegibilidad como en el caso de Torra.
Remarcan que las incompatibilidades en los parlamentos son materia propia del derecho parlamentario y aplicables por parte de los órganos de las respectivas cámaras, por lo que considera que estas incompatibilidades «trascienden los espacios de actuación» de la Administración electoral.
La presidenta de la Cámara catalana, Laura Borràs, ha destacado en un tuit recogido por Europa Press: «Como siempre he defendido, en el Parlament protegemos derechos y libertades: los de los diputados y los de sus electores».