El Juzgado condena a Ambuibérica a restituir el turno de 24 horas y la acusa de «mala fe»
Además le impone una sanción de 3.000 euros y las costas del proceso
El Juzgado de lo Social número 4 de Santander ha vuelto a anular la pretensión de Ambuibérica, concesionaria del servicio de sanitario por carretera en Cantabria, de cambiar la jornada de 24 a 8 horas de casi 300 trabajadores, que le obliga a restituir. Además, impone a la empresa una multa de 3.000 euros y las costas del proceso, y la acusa de haber actuado «con mala fe».
La sentencia, dictada el pasado 7 de mayo y que han dado a conocer este lunes los sindicatos USO y CCOO, estima así las demandas acumuladas interpuestas por USO y el comité de empresa y declara la nulidad del proceso de modificación sustancial en las condiciones de trabajo de carácter colectivo iniciado en diciembre de 2020, reconociendo el derecho de los trabajadores a ser repuestos en sus anteriores condiciones laborales.
Este cambio, que ha provocado una «gran tensión» en la plantilla, según USO, fue la respuesta de Ambuibérica a la sentencia promovida por este sindicato sobre la consideración de horas extras del tiempo de guardia que excedía de la jornada laboral y que se eleva a más de 50.000 horas.
En su sentencia, el titular del Juzgado número 4 de Santander señala que este asunto «es un calco» del conocido en 2020 por el Juzgado de lo Social número 1 de Santander, que ya juzgó la anterior modificación y, por lo tanto, «concurre la cosa juzgada positiva»
Al respecto, destaca que «se vuelve a ver lo mismo» que ya se vio en el Juzgado número 1: «una voluntad empresarial de soslayar las sentencias dictadas en sede de conflicto colectivo».
Para el juez, la empresa «ha hecho oídos sordos» a la sentencia de 2020, que le indicaba que debía acudir a la vía del artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores y no al 41, y lo ha vuelto a hacer «con mala fe en la negociación, adulterando los parámetros de absentismo para aparentar solo una posible salida que era la suya».
Por estas razones, la sentencia, que no es firme y contra ella puede presentarse recurso de súplica, obliga a la empresa a restituir a los trabajadores en sus anteriores turnos de trabajo que fueron removidos tras el inicio del proceso de modificación iniciado en diciembre de 2020
Para USO, «este nuevo varapalo judicial pone en entredicho la gestión de los responsables de Ambuibérica en Cantabria», y considera que «la persistencia de la judicialización de un servicio esencial, abandonando la vía del diálogo como respuesta a la resolución de las discrepancias, conduce a la actual situación de fuerte deterioro de las relaciones laborales».
Por su parte, el delegado de CCOO en Ambuibérica, Miguel Ángel Expósito, ha destacado que la sentencia «deja claro el atropello injustificado que hemos sufrido», y, además de «dejar en evidencia la mala fe» de la empresa, se ha reconocido «una temeridad en este tipo de acciones que no se había conseguido hasta ahora».
En este sentido, ha recalcado que la multa de 3.000 euros es una «cantidad que se considera ajustada a la conducta expuesta y en evitación de un nuevo pleito futuro».
La Federación de Servicios a la Ciudadanía del sindicato ha destacado también el hecho de que CCOO haya formado parte del comité de empresa de Ambuibérica en esta ocasión para abordar la segunda modificación de las condiciones de trabajo «para lograr desarrollar, como siempre nos hubiera gustado, una demanda de este tipo ante las distintas maniobras de la empresa».
Por otro lado, señala que, como ha acreditado el abogado de CCOO durante el proceso, la empresa «encargó informes técnicos que modificó hasta tres veces» y consta «una voluntad renuente al acatamiento de las sentencias y la confección de toda una ingeniería jurídica para este fin», como se extrae de la sentencia.