El juez del caso Villarejo archiva la investigación sobre los trabajos del comisario para Mutua Madrileña
Señala que en su informe usó datos de fuentes abiertas y que los hechos, de 2009, están prescritos
El juez de la Audiencia Nacional que instruye el caso Villarejo ha acordado el archivo de la investigación relativa al presunto contrato por parte de Mutua Madrileña al comisario jubilado José Manuel Villarejo cuando estaba en activo al entender que el informe que elaboró para la aseguradora era preliminar y sólo albergaba contenidos que procedían de fuentes abiertas.
En su auto de 6 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado Manuel García Castellón acoge así la postura del Ministerio Público, y precisa además que «no se aprecia, en este momento procesal, que se hayan producido accesos inconsentidos e indebidos a bases de datos de carácter restringido». Se da la circunstancia de que ya en 2021 fue procesado en esta pieza 15 del caso el ex director de Seguridad de Mutua Madrileña Benjamín García Cañón por un presunto delito de cohecho.
Las pesquisas se centraban, tal y como recuerda el juez, en el denominado Proyecto Lump , «en el que se habrían analizado distintas gestiones que se habrían llevado a cabo, desde octubre de 2009, por directivos de la entidad Mutua Madrileña, con la finalidad de hacer frente a posibles actuaciones de José María Ramírez Pomatta, antiguo presidente de la entidad».
NO HUBO REVELACIÓN Y EL COHECHO ESTÁ PRESCRITO
Al argumento de que no se accedió a bases de datos de carácter restringido, suma el instructor que en el aspecto económico «no consta que se haya llegado a verificar ningún pago» a Villarejo por ese proyecto. Recuerda que se presupuestaba, según lo requisado en el domicilio del socio del comisario Rafael Redondo, en tres niveles sucesivos que contemplaba cifras de 375.000 euros y de 130.000 euros, pero añade que de lo actuado «no se desprende ni la aceptación del proyecto ni ningún pago por parte de Mutua Madrileña o sus directivos».
Apunta el juez que «tampoco se ha puesto de manifiesto que se haya incurrido en delito de descubrimiento o revelación de secretos, dado que los datos obrantes en el informe preliminar proceden de fuentes abiertas».
Sobre el cohecho relativo a ese proyecto, el juez acoge igualmente la postura de Fiscalía y recuerda que el mismo «se hallaría prescrito» porque las actuaciones se remontan a 2009 según las anotaciones de las agendas de Villarejo de 2 de noviembre de ese año. «Se consigna que el investigado Benjamín García Cañón (…) habría diferido el encargo, sin que se hubiese constatado un compromiso de aceptación por su parte», dice.
Y dado que se entiende que el encargo a Villarejo no se ejecutó, indica que el marco penal a tener en cuenta es la pena de prisión de 1 a 2 años, así como la inhabilitación especial para empleo o cargo público de 3 a 6 años. Por lo que si se consideran esos periodos, la prescripción se habría producido a los 5 años, conforme al artículo 131 del Código Penal.
«Debemos recordar que los hechos se habrían cometido en los meses de octubre y noviembre de 2009, y que esta pieza separada se incoó por auto de fecha 20 de septiembre de 2019. En consecuencia, los hechos que dan lugar al Proyecto Lump se encontrarían prescritos», apostilla.
EL PROYECTO AUTUM
Por otro lado, sobre el conocido como Proyecto Autum , en el que Villarejo habría efectuado un análisis de solvencia patrimonial de José María Ramirez Pomatta, el juez dice que tiene su base en información obrante en el Registro de la Propiedad y en la base de datos Axesor. «En esencia, dicho proyecto se habría ejecutado en el año 2012 y tendría como finalidad analizar la situación patrimonial de Ramírez Pomatta y de su familia, ya que Mutua Madrileña había sido condenada a abonarle 14 millones de euros y cabía la posibilidad de que se solicitase suejecución provisional».
«Ante dicha eventualidad, la mercantil contrató con el Grupo CENYT –empresa de Villarejo– la confección de un informe de solvencia patrimonial, que se fechó el 17 de febrero de 2012. Dicho informe se abonó en tres facturas, giradas por CENYT a Mutua Madrileña en el año 2012, por un monto total de 18.880 euros, y en su concepto figuraba estudios de solvencia patrimonial «, recuerda el juez para luego aseverar que «no se aprecia ilicitud en su encargo ni en su ejecución ni pago».
Niega asimismo que se dé «ninguna suerte de falsedad documental en la confección de las facturas, toda vez que su concepto obedece a su objeto».
Con todo, y tras reiterar que procede el sobreseimiento de esta pieza separada, interesa que se deduzca testimonio de un oficio de Asuntos Internos para la pieza principal del caso para que se continúe investigando el apoderamiento de los datos de María Ángeles Caruana Font de Mora del índice único informatizado del Consejo General del Notariado. Esos datos fueron intervenidos en las oficinas de CENYT en Torre Picasso, y el juez indica que debe aclararse si ese apoderamiento pudiera constituir un delito contra la intimidad.