El juez decreta la apertura de juicio oral por el accidente mortal de Castelar
El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Santander ha decretado la apertura de juicio oral por el accidente mortal ocurrido el pasado mes de febrero en la calle Castelar de la ciudad, donde murió un joven motorista.
Lo dispone en un auto dictado el pasado viernes tras una vista en la que las partes personadas en la causa así se lo solicitaron al magistrado, que también señala como órgano competente para juzgar lo ocurrido el tribunal del jurado de la Audiencia Provincial de Cantabria.
En la resolución, notificada este lunes a las partes y la que ha tenido acceso Europa Press, el juez decreta la apertura de juicio oral para el enjuiciamiento de los hechos por los que pueden ser acusados los dos conductores involucrados en el siniestro, uno de los cuales se encuentra en prisión provisional desde lo ocurrido y para el que se ha ratificado esta medida preventiva.
Se trata del principal encausado, autor material del atropello, para el que el fiscal solicita catorce años de cárcel por homicidio en concurso con varios delitos más, mientras que el segundo involucrado, que quedó en libertad bajo fianza, se enfrenta a cuatro años y medio de prisión por conducción temeraria, a alta velocidad y bajo la influencia de sustancias estupefacientes.
PIQUE Y CARRERA A VELOCIDAD MUY SUPERIOR A LA PERMITIDA
Después de la audiencia preliminar celebrada hace tres días, en la que la defensa del primero presentó un adelanto de un informe pericial que aportará cuando se celebre la vista oral, el juez ha determinado los hechos objeto de enjuiciamiento, que tuvieron lugar sobre las diez de la noche del 3 de febrero de 2023.
Los dos conductores involucrados en el accidente mortal circulaban por Santander, se encontraron con sus respectivos vehículos en el semáforo frente a la estación del ferry y «nada más ponerse en verde» iniciaron «una carrera» que discurrió hasta la calle Castelar.
Durante ese «pique», ambos automovilistas condujeron a una velocidad «muy superior» a la permitida (de hasta 136,85 kilómetros por hora en una zona limitada a 40 km/h) y cambiando de carril, llegando uno de ellos a circular por el carril-bus.
Al salir de la rotonda de Puerto Chico, el principal investigado, que conducía bajo los efectos de alcohol y drogas, colisionó contra la mediana que separa los carriles de ambas direcciones, perdió el control de su vehículo (un Audi), circuló por encima de la mediana e invadió el carril contrario, por el que iba la víctima con su moto.
Chocó violentamente y de manera frontal con el ciclomotor, quesalió despedido, lo que provocó la muerte inmediata del motorista, que tenía 19 años. Mientras, el vehículo continuó su desplazamiento, volviendo a rebasar la mediana hasta acabar en el carril derecho a más de 60 metros del lugar del impacto.
En el auto, el juez requiere a este procesado para que, en el plazo de un día, preste fianza en cantidad de 305.000 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran imponerse y, de no hacerlo, avisa de que le embargarán bienes para asegurar la suma.
Por último, el magistrado emplaza a las partes para que en quince días comparezcan ante el tribunal competente para el enjuiciamiento de estos hechos.
DELITOS Y PENAS
En su escrito, el fiscal solicita catorce años de prisión a este conductor, autor material del atropello al joven de 19 años, por cuatro delitos: homicidio en concurso con conducción temeraria con manifiesto desprecio a la vida, a velocidad excesiva -superior en 60 kilómetros por hora en vía urbana- y bajo la influencia de drogas o sustancias estupefacientes.
Además de la pena privativa de libertad a este procesado, en el que concurre la agravante de reincidencia en el delito de conducción excesiva, la acusación pública también reclama la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante diez años, que supone la pérdida definitiva del permiso.
Y para el otro encausado, la Fiscalía interesa cuatro años y medio de encarcelamiento por un delito de conducción temeraria en concurso con otro por circular a velocidad excesiva y uno más por hacerlo bajo la influencia de drogas o estupefacientes. Asimismo, pide su inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena y, también, la privación del derecho a conducir durante diez años, lo que igualmente conlleva la pérdida del carné.
La acusación particular, ejercida por la familia de la víctima, entiende por su parte que este segundo automovilista fue cooperador necesario del homicidio y reclama para él una pena superior de prisión.
CASI EL DOBLE DE LA VELOCIDAD PERMITIDA, SEGÚN GUARDIA CIVIL
El accidente se produjo la noche del 3 de febrero cuando los dos implicados, B.B., de 26 años, y A.B. estaban realizando presuntamente una carrera por el centro de Santander, que finalizó en la calle Castelar con la colisión del vehículo conducido por el primero de ellos, un Audi-4, contra el ciclomotor en el que iba el joven Bret Elorza, que falleció en el acto.
El informe pericial de la Guardia Civil de Tráfico concluyó que en el momento del impacto B.B. circulaba a casi el doble de la velocidad permitida en esa vía, que es de 50 kilómetros por hora. Además, dio positivo en alcohol y drogas.
En el caso de A.B., el informe fijaba en 114 kilómetros hora la velocidad a la que conducía su vehículo, un Volkswagen Golf, antes de frenar de emergencia. También en su caso dio positivo en varias sustancias estupefacientes.