El Gobierno recuerda que corresponde al Supremo decidir si autoriza a Jordi Sànchez acudir a la investidura

El portavoz del Gobierno y ministro de Educación, Cultura y Deporte, Íñigo Méndez de Vigo, ha recordado este miércoles que corresponde al juez del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, decidir si autoriza a acudir a la investidura a Jordi Sànchez, diputado electo de Junts per Catalunya, en prisión desde el pasado 16 de octubre.

A su llegada a la entrega de los II Premios Commodore Rocío Gandarias, Méndez de Vigo ha asegurado a Europa Press Televisión que que el Gobierno «respeta» las decisiones tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Supremo sobre Sànchez y ha añadido que ahora corresponde al Supremo decidir si le autoriza acudir a la sesión de investidura convocada en el Parlamento de Cataluña el próximo 12 de marzo.

En concreto, el juez Llarena, que instruye la causa contra el procés , ha dictado una resolución este miércoles en la que da traslado a Fiscalía y a la acusación popular, ejercida en representación de Vox, para que en un plazo de máximo de cinco días informen sobre la petición realizada por Jordi Sánchez de ser excarcelado y poder acudir el día 12 al Pleno del Parlament de Cataluña.

El plazo elegido parece indicar que Llarena frustrará la convocatoria señalada para el nuevo intento de investidura en Cataluña, fijado para las 10.00 horas del lunes. En instrucción penal todos los días son hábiles, según han explicado fuentes jurídicas, por lo que el plazo máximo para que las acusaciones den a conocer oficialmente su postura al juez concluye el mismo lunes en el que el Pleno ha sido convocado por el presidente del Parlament, Roger Torrent.

Paralelamente, este mismo miércoles el Tribunal Constitucional ha rechazado excarcelar al que fuera presidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) mientras estudia el recurso de amparo que éste ha presentado contra la medida cautelar que dictó el pasado 16 de octubre contra él la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela. En su auto, el TC argumenta que acceder a la puesta en libertad equivaldría al «otorgamiento anticipado del amparo solicitado», por lo que lo deniega por unanimidad.

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