El Gobierno establece los servicios mínimos para la huelga de docentes convocada para el miércoles y el jueves
Se establece un refuerzo de personal en los centros y aulas de educación especial y en segundo de Bachillerato
El Gobierno de Cantabria ha decretado los servicios mínimos en los centros de educación pública no universitaria ante la huelga convocada los próximos miércoles y jueves, 28 y 29 de mayo, por la Junta de Personal Docente, integrada por los sindicatos ANPE, STEC, TÚ, CCOO y UGT.
La Ejecutivo regional, en un decreto publicado este lunes en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), establece unos servicios mínimos con los que «garantizar» el derecho fundamental a la educación y la seguridad del alumnado menor de edad y contempla especifidades tanto por coincidir las jornadas de huelga con la preparación de la Prueba de Acceso a la Universidad (PAU) como con las pruebas de evaluación final extraordinaria del alumnado de segundo de Bachillerato.
En el caso de los centros de educación especial, al igual que en la anterior huelga promovida por la Junta de Personal Docente, se establece un «refuerzo» de los servicios mínimos en atención a las especiales características del alumnado de estas aulas. Además, Educación recuerda que en los últimos años se han implantado 28 aulas de educación especial en centros ordinarios.
Por otro lado, se refuerzan también los servicios mínimos en segundo de Bachillerato para «garantizar que este alumnado pueda realizar la PAU en condiciones de igualdad respecto al alumnado de los centros privados y concertados, cuyo profesorado no está convocado a la huelga».
Con este decreto, el Gobierno cántabro señala que «se aseguran unos servicios indispensables que sean a la vez suficientes para garantizar la prestación de servicios educativos esenciales cuya paralización pueda suponer perjuicio no reparable para los derechos e intereses de los ciudadanos».
Los servicios mínimos han sido negociados con el comité de huelga y aprobados el pasado jueves por el Consejo de Gobierno y establecen que los centros educativos públicos no universitarios permanecerán abiertos durante toda las jornadas del 28 y 29 de mayo.
DETALLE DE LOS SERVICIOS MÍNIMOS
Los servicios mínimos establecen que los centros educativos de hasta 300 alumnos deberán estar atendidos por el equipo directivo; los de 300 a 400, por el equipo directivo y un docente; de 400 a 500, por el equipo directivo y dos docentes; y de 500 a 600, por el equipo directivo y tres profesores.
En los centros de 600 a 700 estudiantes, los servicios mínimos estarán integrados por el equipo directivo y cuatro docentes; en los de 700 a 800 por la cúpula directiva y cinco profesores, y de 800 a 900 estudiantes, por el equipo directivo y seis docentes, elevándose este último hasta siete profesores más el equipo directivo en el caso de centros de más de 900 alumnos.
Al igual que estos últimos, los de educación especial deberán estar atendidos por el equipo directivo y siete docentes.
Además de lo anterior, en el caso de los centros que impartan el segundo curso de Bachillerato, tendrá la consideración de servicio mínimo todo el profesorado de este curso a cargo de la impartición de clases destinadas a la preparación de la PAU y de las pruebas de la evaluación final extraordinaria.
La designación como servicio mínimo de los docentes que no formen parte del equipo directivo se realizará, en el caso de ser funcionarios de carrera, en primer lugar, en base al criterio de antigüedad en el centro con destino definitivo, y en segundo lugar, al de antigüedad en el Cuerpo teniéndose en cuenta los años de interino, y, en ausencia de los anteriores, en el caso de ser funcionarios interinos, en función del mayor número de años prestados en el cuerpo.
Sin perjuicio de lo anterior, siempre que sea posible, se nombrará a quienes no fueron designados personal en servicio mínimo en la huelga del 3 de abril de 2025, pasando a designarse a los inmediatamente siguientes en antigüedad en orden a los criterios establecidos en el párrafo anterior.
Cuando el centro cuente con aulas externas, fuera del recinto principal del centro o en otra localidad, el número de efectivos en servicios mínimos se verá incrementado con un docente más por cada emplazamiento, además de lo anterior.
Los Centros de Educación Especial se equipararán a los centros con entre 800 y 900 alumnos, dada la especificidad del alumnado escolarizado en ellos, y en los centros ordinarios con Aulas de Educación Especial, además del número de docentes que corresponda designar como servicio mínimo, se designará también al tutor o tutora de cada una de las aulas.
Cuando un miembro del equipo directivo esté en una situación, acreditada con anterioridad al día de la huelga en la que hubiera que sustituirle en sus funciones y este hecho no se hubiera efectuado, dicha ausencia será suplida por un docente del claustro que, en caso de ser funcionario de carrera, será en base al criterio de mayor antigüedad en el centro; y en ausencia de los anteriores, en el caso de interinos, en función del mayor número de años prestados en el cuerpo.
EFECTOS DESDE ESTE LUNES
Con este decreto, que tiene efectos desde este lunes, se pone fin a la vía administrativa pero contra el mismo se puede interponer recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de dos meses, aunque potestativamente se podrá interponer recurso de reposición ante el Consejo del Gobierno de Cantabria durante un mes.
De seguir esta última vía, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que no haya una resolución expresa o una desestimación recurso de reposición.


