El Gobierno de Cataluña envía dos informes a la ONU sobre el delito de sedición y el Tribunal de Cuentas
Considera que generan indefensión y que el Tribunal de Cuentas no ofrece garantías suficientes
BARCELONA, 6
La dirección general para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos (DGDH), que depende de la Consejería de Igualdad y Feminismos de la Generalitat, ha enviado a la ONU dos informes que señalan la «indefensión que generan para los Derechos Humanos el delito de sedición español y las actuaciones del Tribunal de Cuentas», ha informado este viernes en un comunicado.
Ha defendido la «necesidad de modificar el delito de sedición en España para proteger el derecho a la protesta», y ha asegurado que la actuación del Tribunal de Cuentas genera un impacto en la libertad de expresión, de participación política y de la garantía del principio de tutela judicial efectiva.
Ambos documentos se han entregado al Relator Especial sobre el Derecho a la Libertad de Reunión Pacífica y de Asociación de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, Clément Nyaletsossi Voule, con el objetivo de que se incorporen al informe que presentará en el Consejo de Derechos Humanos que abordará su protección en protestas pacíficas durante situaciones de crisis.
TRIBUNAL DE CUENTAS
El informe Las actuaciones del Tribunal de Cuentas y los derechos a la participación política, a un juicio justo y a la libertad de expresión considera que los procedimientos del Tribunal de Cuentas no ofrecen las garantías necesarias y «generan indefensión».
El documento, elaborado por la DGDH, asegura que el Tribunal de Cuentas se extralimita en sus funciones y que cuenta con «sesgos politizados en el proceso de elección de sus miembros y en su función jurisdiccional, desvinculada de la justicia ordinaria».
DELITO DE SEDICIÓN
El informe El delito de sedición y el derecho a la protesta , elaborado por el despacho de abogados Red Jurídica, sostiene que la actual concepción de la sedición en el Código Penal abre la puerta a penalizar derechos fundamentales y, tras comparar la normativa en 17 países, concluye que «el caso español no tiene homólogos en el contexto europeo y obedece a criterios de criminalización o castigo desfasados respecto a los estándares europeos».
También asegura que la interpretación que ha hecho el Tribunal Supremo sobre el delito de sedición «no es clara ni precisa ni previsible, vulnera principios de legalidad» y provoca inseguridad jurídica, además de situar la desobediencia civil no violenta multitudinaria en este delito, sin que la renuncia a la violencia implique ninguna diferencia, según la Conselleria.