El Gobierno cambia la regulación de la Medalla al Trabajo, que podrá retirarse a colaboradores del franquismo

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un Real Decreto por el que desarrolla un nuevo reglamento para la concesión de la Medalla y la Placa al Mérito en el Trabajo, condecoración creada en 1926 que desapareció durante la Segunda República y que se reinstauró en la dictadura franquista.

La última regulación de estas distinciones data de 1982 y el Ejecutivo considera que su concesión debe adaptarse a los cambios sociales y profesionales que se han producido en España desde entonces para responder «a la actual concepción de lo que significa el mérito en el trabajo en el siglo XXI».

En este sentido, la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha destacado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que la concepción del trabajo que tenía antes esta distinción era la del trabajo «como sacrificio y sufrimiento». «Ahora empatizamos con el trabajo decente», ha subrayado.

Así, según ha explicado el Ministerio de Trabajo, el nuevo reglamento adapta la norma a la legislación vigente en materia de memoria histórica, particularmente en relación con los derechos de las víctimas de la dictadura, y permitirá que se pueda otorgar a título póstumo.

Se establecen además varios supuestos para la retirada de esta distinción. Así, podrán retirarse las medallas cuando quede acreditado que la conducta y trayectoria de la persona o entidad condecorada sea incompatible con la ejemplaridad cívica y profesional exigida para la obtención del galardón, por ejemplo en el caso de tener sanciones administrativas o condena penal.

También podrán retirarse si la persona beneficiaria, antes o después de la concesión, «hubiese formado parte del aparato de represión de la dictadura franquista y hubiera cometido actos u observado conductas manifiestamente incompatibles con los valores democráticos y los principios rectores de protección de los derechos humanos».

Además de modificarse los criterios de concesión, el nuevo reglamento reforma los formatos de estos galardones. De este modo, la nueva Placa al Mérito en el Trabajo podrá otorgarse en los casos en que las beneficiarias sean asociaciones, corporaciones, empresas, organismos públicos y entidades defensoras o representativas de intereses colectivos, en reconocimiento por la excelencia en el ejercicio de su función o por su contribución al incremento de la dignidad, la igualdad y la calidad del trabajo.

De igual manera, la Medalla seguirá concediéndose a personas trabajadoras y a profesionales, pauta también seguida en otros reconocimientos otorgados por la Administración General del Estado.

Las categorías de estos premios se modifican, pasando de las denominaciones de oro, plata y bronce a las modalidades de «Excelencia», «Igualdad» y «Salud Laboral».

Se crean, además, la placa y la medalla de Categoría Especial para reconocer una contribución que revista una especial notoriedad.

El procedimiento de concesión de estas distinciones se iniciará de oficio por el titular del Ministerio de Trabajo y Economía Social.

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