El Gobierno busca posponer otros 10 años los 3.760 millones que debe la Seguridad Social por asumir tareas sanitarias
El PSOE y Sumar han propuesto posponer otros 10 años la cancelación de sendos préstamos por un importe global de casi 3.760 millones de euros que el Estado concedió a la Seguridad Social en 1992 y 1993 para eliminar obligaciones derivadas del coste de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social.
Así se recoge en una enmienda que los partidos que conforman el Gobierno han presentado en el Congreso al proyecto de Ley por el que se crea la Agencia Estatal de Salud Pública y se modifica la Ley General de Salud Pública.
Se trata, por un lado, de un crédito extraordinario de 280.558 millones de pesetas (1686,18 millones de euros) que el Estado concedió a la Seguridad Social en 1992 para cancelar obligaciones derivadas del coste de la asistencia sanitaria, que se ha venido congelando cada diez años.
PRÉSTAMOS QUE SE ARRASTRAN DE LOS AÑOS NOVENTA
Y el otro préstamo, recogido en los Presupuestos Generales del Estado de 1994, fue de 345.000 millones de pesetas (2.073,49 millones de euros) y tenía por objeto sufragar la cancelación de obligaciones pendientes del antiguo INSALUD y financiar complementos de pensión.
En ambos casos se buscaba dotar de equilibrio financiero a la Seguridad Social, que había tenido que asumir con recursos propios gastos de naturaleza no contributiva, y se estableció un plazo de cancelación de diez años, pero ese límite se ha ido posponiendo década tras década.
En la enmienda, a la que ha tenido acceso Europa Press, los partidos del Gobierno proponen otra vez «ampliar en diez años, a partir de 2024, el plazo para la cancelación» de los préstamos, precisando que, como solo son prórrogas de tiempo, «no tiene incidencia económica directa».
MÁS TIEMPO PARA PAGAR DEUDAS DE ENTIDADES SANITARIAS
Además, el PSOE y Sumar han registrado otra enmienda proponiendo ampliar el periodo de carencia de las deudas con la Seguridad Social de instituciones sanitarias cuya titularidad ostenten las administraciones públicas o instituciones sin ánimo de lucro, acogidas a la moratoria prevista en la disposición adicional trigésima de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1995.
Según proponen, estas entidades podrán solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social la ampliación de la carencia concedida a treinta años, junto con la ampliación de la moratoria concedida hasta un máximo de diez años con amortizaciones anuales.
Y cuando estas instituciones sanitarias sean declaradas en situación de concurso de acreedores, añade la enmienda, a partir de la fecha de entrada en vigor de esta ley, la moratoria quedará extinguida desde la fecha de dicha declaración.