El Gobierno actualiza la normativa sobre los centros de limpieza y desinfección de vehículos para animales

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto para actualizar la normativa relativa a los centros de limpieza y desinfección de vehículos para el transporte de animales, con el propósito de adaptarla a la situación y a las necesidades del momento del sector ganadero, según ha remitido el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

En concreto, la nueva normativa modifica el contenido del Real Decreto 638/2019, que establece las condiciones que deben cumplir los centros de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte por carretera de animales vivos, productos para la alimentación de animales de producción y subproductos de origen animal no destinados al consumo humano, y por el que se crea el registro nacional de centros de limpieza y desinfección.

El departamento de Luis Planas, con esta iniciativa, permitirá a los centros que ya operan que puedan acogerse a excepciones para mantener su actividad mientras se adaptan a la nueva normativa.

Todo ello, sin dejar de garantizar el cumplimiento de los requisitos marcados para evitar que el transporte, desde el punto de vista sanitario, sea un foco de riesgos para la cabaña ganadera.

La actualización de la normativa también dará respuesta al proceso de desinfección, a través de vehículos autodesinfectantes que realicen dicha tarea durante el trayecto, que a su vez estarán equiparados con un sistema que garantice la inactivación de los agentes patógenos.

Por su parte, otra de las novedades que se han introducido es la especificación como mataderos de bajo riesgo a aquellos de manipulación de caza, los móviles y los ubicados en las islas Baleares y Canarias cuyos vehículos efectúen transporte exclusivamente en el ámbito insular.

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