El Gobierno actualiza la normativa para regular el uso de las Aeronaves Ultraligeras motorizadas


El Consejo de Ministros, en su reunión de este martes, ha aprobado un Real Decreto por el que se actualiza la normativa de aeronavegabilidad y se establecen los requisitos esenciales de las aeronaves ultraligeras motorizadas (ULM), además de apruebar un nuevo reglamento para la construcción de aeronaves por aficionados.

En primer lugar, la normativa de certificación de los ULM cambia los requisitos para aceptar equipos que hasta ahora no se contemplaban porque son más modernos, como por ejemplo los nuevos sistemas y equipos de navegación. Por otro lado, se incluyen conceptos que lo alinean con los Reglamentos Europeos, simplificando procesos.

También incluye los procesos de aprobación de modificaciones, adaptándolos a la realidad del sector y facilitando que determinadas aeronaves se beneficien de las modificaciones incluidas en el Real Decreto 765/2022, que regula el uso de aeronaves motorizadas ultraligeras (ULM).

En línea con la práctica habitual de países del entorno, se establece un régimen especial simplificado en materia de aeronavegabilidad para aeronaves monoplazas con masa inferior a 120 kilogramos.

Como novedad, se incorporan los Certificados de Revisión de la Aeronavegabilidad que acreditan el mantenimiento de la aeronavegabilidad de las aeronaves. Su validez está limitada en el tiempo y puede ser renovado de forma declarativa si la aeronave ha sido mantenida conforme a lo exigido en la normativa.

Con esta nueva regulación, de carácter técnico, se actualizan los requisitos establecidos para las aeronaves ULM a través de la Orden de 14 de noviembre de 1988 y se modifica la Orden de 31 de mayo de 1982 por la que se aprueba un nuevo reglamento para la construcción de aeronaves por aficionados por el que se modifican los requisitos técnicos en materia del diseño de tipo.

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