El Gobierno aclara que las empresas no pueden sancionar a los trabajadores afectados por retrasos en Rodalies


El Gobierno ha introducido en un real decreto-ley una disposición para aclarar que los trabajadores afectados por las incidencias producidas en la red ferroviaria de Rodalies tras el accidente de Gelida (Barcelona) no podrán ser sancionados por sus empresas.

Se trata de una disposición incluida en el real decreto-ley que aprobó este martes el Consejo de Ministros para determinar las ayudas directas que recibirán los afectados, tanto del accidente de Gelida como el de Adamuz (Córdoba).

«Las personas trabajadoras que no hayan podido acudir presencialmente a su puesto de trabajo o iniciar su prestación laboral con puntualidad como consecuencia de los accidentes ferroviarios (de Gelida y Adamuz) o de las alteraciones del servicio (de Rodalies) no podrán ser sancionadas por la empresa ni sufrir perjuicio alguno en su relación laboral», establece esa disposición.

Los trabajadores tendrán derecho a que las compañías ferroviarias les faciliten justificantes acreditativos de las incidencias que hayan provocado alteraciones en la prestación del servicio.

En cualquier caso, el texto recuerda que el ordenamiento jurídico laboral ya establece mecanismos de protección de los trabajadores que no puedan prestar sus servicios con normalidad por impedimentos que no les sean imputables. «Se introduce una disposición adicional para dotar de seguridad y tranquilidad al conjunto de personas trabajadoras afectadas por los citados accidentes», argumenta.

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