El GOB cree que la propuesta de declarar BIC la Casa Huarte de Formentor busca sortear la Ley de Costas
Los ecologistas creen que es una estrategia para evitar la retirada de obras e instalaciones en dominio marítimo terrestre
PALMA, 20
El grupo ecologista GOB Mallorca cree que la incoación del expediente para declarar bien de interés cultural (BIC) la Casa Huarte de Formentor es una estratagema de los propietarios del inmueble para sortear la Ley de Costas y evitar la orden de retirada de instalaciones dentro del dominio público marítimo terrestre.
En una nota de prensa, el GOB ha indicado que el expediente ha sido promovido por cuatro hermanos de la familia Huarte Giménez, propietarios de la vivienda unifamiliar conocida como Casa Huarte en el Racó d en Mora de Formentor. Según los ecologistas, dentro del dominio público se han instalado pantalanes «bastante extensos» a modo de embarcaderos, terraza-solárium en el mar y zonas ajardinadas sobre las rocas de la acera.
El GOB ha aclarado que no cuestiona que la Casa Huarte «puede tener valores patrimoniales y arquitectónicos merecedores» de protección cultural, pero cuestionan los motivos tras la incoación, puesto que hace unos años los propietarios se opusieron a que se catalogara.
En detalle, los propietarios presentaron alegaciones a la redacción del Catálogo de Patrimonio de Pollença, solicitando excluir la Casa Huarte por considerar que no existían motivos justificados para su protección. El Pleno del Ayuntamiento de Pollença, en julio de 2020, rechazó las alegaciones presentadas y mantuvo a la Casa Huarte en la aprobación provisional del Catálogo.
Con todo, aquella ficha ficha del Catálogo no incluía las obras e instalaciones situadas en el dominio público marítimo terrestre. En cambio, la Comisión de Patrimonio Histórico incluye ahora estas construcciones –«de dudosa relevancia en cuanto a su protección» a juicio del GOB– como elementos a conservar.
Por ello, los ecologistas creen que la protección como BIC sólo pretende evitar la orden de retirada de esas instalaciones, después de que se denegara la solicitud de concesión administrativa por orden ministerial.
Adicionalmente, el GOB considera que la incoación del expediente adolece de defectos de forma que la invalidarían, por no haber efectuado periodo de información pública ni que conste notificación al Estado como titular de bienes dentro del dominio público marítimo terrestre.