El exalcalde de Noja recurre la condena a diez años de inhabilitación por Nocanor
También apela ante el Supremo el secretario municipal cuando sucedieron los hechos, considerado cooperador necesario del delito
El exalcalde de Noja Jesús Díaz (PP) ha recurrido la sentencia de la Audiencia Provincial de Cantabria que le condenó a diez años de inhabilitación para empleo o cargo público por un delito continuado de prevaricación por el caso Nocanor
También ha apelado el entonces secretario municipal, al que la misma Sala de la Sección Tercera de la AP impuso nueve años de inhabilitación como cooperador necesario del delito, por entender que con su actuación dio cobertura a las resoluciones del regidor.
Los recursos de casación de ambos han sido interpuestos ante el Tribunal Supremo tras el fallo dictado el pasado mes de junio, una vez celebrado el juicio en mayo. Aunque inicialmente se había señalado para marzo, fue aplazado para que las partes pudieran estudiar la prueba documental presentada al inicio de la vista.
Díaz, que dirigió la villa nojeña durante 27 años (1988-2015), fue condenado diez años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por dilatar la concesión de licencias a viviendas de la promotora Nocanor , la empresa familiar del actual alcalde, el regionalista Jesús Ángel Ruiz.
Los magistrados que enjuiciaron lo sucedido consideraron probado que entre 2006 y 2011 dictó «numerosas resoluciones abiertamente injustas y arbitrarias» con la finalidad de «dificultar la construcción proyectada» por la sociedad inmobiliaria por ser propiedad de sus adversarios políticos.
Entendieron que los hechos empezaron cuando Díaz intentó adquirir la finca Socaire , en el centro del pueblo, advirtiendo al propietario que «él era quien concedía las licencias urbanísticas».
Las negociaciones no fructificaron y los dueños de los terrenos se decantaron por la oferta más ventajosa de la mercantil, cuyo administrador era entonces concejal de la oposición además de hermano del actual alcalde.
Por su parte, el secretario del Ayuntamiento cuando ocurrió todo fue condenado como cooperador, porque con su actuación dio cobertura a las resoluciones del regidor popular pese a conocer su «carácter arbitrario e injusto».
La Sala de la Audiencia ordenó a ambos que indemnzaran a la mercantil en el importe del incremento de los costes que tuvo que soportar por los proyectos de urbanización y compensación en esta actuación, con la que había previsto la construcción de 184 chalés en la finca Socaire .
Tras el juicio, los jueces absolvieron al exdirigente del PP de los delitos de negociaciones prohibidas a funcionarios, tráfico de influencias y cohecho por los que también había sido imputado -al considerar que las conductas que han resultado probadas no tienen encaje penal en esas figuras- y al Consistorio, de la pretensión de que fuera considerado responsable civil subsidario, como pedía una de las acusaciones.
Después de la vista oral, el fiscal mantuvo la pena solicitada para Díaz, de un año de cárcel y doce de inhabilitación para cualquier cargo de gobierno en las administraciones públicas por los citados tipos.
Sin embargo, los magistrados solo entendieron probado el delito de prevaricación, por el que impusieron a Díaz diez años de inhabilitación para alcalde, concejal o miembro de ente local u otro cargo público que dependa de elección democrática.
En el caso del segundo implicado, la inhabilitación es para secretario municipal o cualquier otro cargo que implique el ejercicio de funciones públicas.
Y los dos fueron condenados a pagar una sexta parte de las costas procesales, incluidas las generadas por la acusación particular, ejercida por la empresa familiar del actual alcalde del PRC.