El escrutinio oficial de las elecciones no se puede manipular ni retrasar al ser un proceso manual y físico

La noche del 10-N solo se realiza el escrutinio provisional con datos no vinculantes que ha sido encargado a Indra

El escrutinio oficial y definitivo de los resultados de las Elecciones Generales no se podrá hackear ni retrasar respecto a sus plazos habituales, ya que se trata de un proceso manual y físico que no se producirá durante la noche del día 10 de noviembre, según señalan expertos en el proceso, que remarcan que esa noche solo se realiza la recogida y difusión de los datos del escrutinio provisional, encargado a Indra.

La empresa dará soporte en esta convocatoria electoral a la captura, transmisión, totalización y difusión de resultados provisionales y de carácter informativo, datos que no son vinculantes de cara a la proclamación de electos, ya que esta es realizada por las Juntas Electorales a partir de las copias originales de las actas de escrutinio, según indican fuentes conocedoras del proceso.

En consecuencia, la empresa encargada del soporte tecnológico a todo lo relativo a los resultados provisionales no realiza el recuento de los votos, sino que este lo hacen los miembros de mesa en el colegio electoral, bajo la supervisión de los interventores de los partidos políticos, coaliciones o agrupaciones que concurren a la elección.

«Los datos resultados oficiales son procesados por las Juntas Electorales Provinciales a partir de las actas presentadas físicamente en los juzgados por los presidentes de las mesas electorales en la noche de las elecciones», inciden.

En este sentido, agregan que los interventores de los partidos y los miembros de mesa garantizan la transparencia de la elección, ya que participan tanto en el recuento de los votos en la mesa, como en la elaboración y transporte de las actas hasta los juzgados. Además, las formaciones políticas también conservan copia de los resultados de todas las mesas hasta el escrutinio definitivo.

Expertos consultados señalan que el escrutinio general se realiza por las Juntas Electorales entre el tercer y sexto día posterior a las elecciones y es público. Este se realiza mesa a mesa a partir de la documentación original de las mismas en presencia de los representantes y apoderados de las candidaturas.

EL ESCRUTINIO OFICIAL Y DEFINITIVO, PASO A PASO

Los controles técnicos y humanos facilitan las máximas garantías en el escrutinio electoral, impidiendo que nadie pueda alterar los resultados. Cada mesa está compuesta por un presidente y dos vocales designados por sorteo público y, junto a ellos, están presentes los interventores y apoderados de las formaciones políticas durante toda la jornada electoral, incluyendo el recuento de votos, en las mesas y en los colegios.

Una vez abierta la urna tras el cierre de los colegios electorales, el presidente de la mesa extrae, uno a uno, los sobres, los abre, lee cada papeleta en voz alta y la muestra a vocales, interventores y apoderados de los partidos políticos.

Una vez realizado el conteo, el presidente anuncia el resultado en voz alta y traslada los datos a las actas de escrutinio, que son firmadas por el presidente, los dos vocales y los interventores de las candidaturas de los partidos políticos. Cada uno de ellos se queda con una copia, se coloca otra en la entrada del local electoral y se proporciona otra al representante de la Administración.

A continuación, el representante de la Administración transmite los datos telefónicamente o por medio de tablets al Centro de Recogida de Información (CRI) del Ministerio del Interior, desplegado por Indra en el marco de su contrato. Esta información se procesa en el Centro de Procesamiento de Datos (CPD) del Ministerio y se va volcando en la página web de resultados provisionales creada para el proceso electoral, así como en el resto de soportes de difusión de resultados.

Las papeletas nulas y las que han sido objeto de reclamación solo se destruyen una vez se haya realizado el escrutinio definitivo.

El escrutinio general se realiza por las Juntas Electorales Provinciales entre el tercer y sexto día posterior a las elecciones y es público. Se realiza mesa a mesa a partir de la documentación original de las mesas, en presencia de los representantes y apoderados de las candidaturas, quienes en caso de discrepancia pueden interponer reclamación.

RESULTADOS PROVISIONALES

La empresa encargada del soporte tecnológico a la captura, transmisión, y difusión de resultados provisionales no interviene en el recuento de los votos, que se realiza de forma pública en los colegios electorales con las garantías detalladas.

La consolidación de resultados que realiza dicha compañía es de carácter informativo, no siendo vinculante de cara a la proclamación de electos, que es realizada por las Juntas Electorales a partir de las copias originales de las actas de escrutinio.

El proceso de recogida y difusión de los datos provisionales es diferente. El representante de la Administración transmite los datos de participación y el escrutinio incluidos en la copia del acta entregada físicamente por el presidente de la mesa por llamada telefónica o por tablet al Centro de Recogida de Información (CRI) del Ministerio del Interior.

En el caso de transmisión telefónica, el profesional de la empresa encargada del soporte tecnológico a la captura, transmisión, y difusión de resultados provisionales introduce los datos en el sistema, mientras que las tablets transmiten directamente al CRI los datos consignados por el representante.

La información recibida por ambos sistemas se va incorporando en el Centro de Proceso de Datos (CDP), donde estos se agregan por circunscripción; se realizan y actualizan los cálculos de diputados electos y se distribuye la información a los diferentes canales de difusión de resultados, como página web, app, repositorio de medios (ficheros que los medios de comunicación pueden utilizar para sus informaciones o infografías).

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