El escrito del PP-A sobre Griñán aboga por requerirle «la fecha en que concluya el tratamiento» oncológico

Prevé una nueva revisión forense del expresidente andaluz «para dentro de dos o tres meses»

SEVILLA, 13

El escrito elevado a la Audiencia de Sevilla por el PP andaluz respecto al informe del Instituto de Medicina Legal (IML) que señala «la no conveniencia de ingreso» en prisión del expresidente socialista de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, condenado a seis años y dos días de cárcel por los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos, «hasta que se confirme la remisión» de su cáncer de próstata, prevé «para dentro de dos o tres meses» una nueva revisión forense para «valorar su situación» de nuevo. Para ello, aboga por que sea requerido a Griñán «la fecha en que concluya el tratamiento y los oportunos informes».

La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla había trasladado recientemente a la Fiscalía Anticorrupción y al PP andaluz, que ejerce la acusación popular en esta causa, el informe elaborado por el Instituto de Medicina Legal de Sevilla sobre la enfermedad grave sobrevenida alegada por el expresidente socialista de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, en demanda de suspender el plazo de entrada en prisión dictado por dicha instancia judicial para el comienzo del cumplimiento de su pena de seis años y dos días de cárcel por malversación.

Dicho informe forense señala «la no conveniencia de ingreso en centro penitenciario hasta que se confirme la remisión de su patología oncológica», más al detalle un cáncer de próstata.

En concreto, dicho informe reconoce que «se trata de una enfermedad muy grave» ante la cual, «dado el pronóstico emitido existen posibilidades de curación», si bien como todavía no ha avanzado el tratamiento prescrito a Griñán en forma de medicación y radioterapia, el Instituto de Medicina Legal precisa que no es posible determinar aún «cuál será su evolución» sanitaria, en un marco en el que actualmente el tratamiento del cáncer es «eficaz en un alto porcentaje de casos salvo los muy agresivos» o en fase terminal.

LA ENTRADA EN PRISIÓN «NO AYUDA»

El Instituto de Medicina Legal de Sevilla razona, en ese sentido, que la entrada en prisión «no ayuda a afrontar una enfermedad de esta entidad, que necesita todos los recursos disponibles que tiene la persona a su alcance», como «un apoyo familiar y social necesario e incluso imprescindible en estos casos».

El informe destaca además que aunque los servicios sanitarios de las instituciones penitenciarias son capaces de afrontar «cualquier demanda médica», pesa la consideración de que «los posibles efectos secundarios en el tratamiento hormonal y de radioterapia, así como las frecuentes revisiones, parecen poco compatibles con la dinámica carcelaria».

Además de trasladar dicho informe a las partes personadas en esta causa judicial, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla habilitaba un plazo que finaliza a las 15 horas del próximo lunes, para que la Fiscalía Anticorrupción y el PP andaluz se posicionasen a cuenta del contenido del citado documento.

LA «PREVISIÓN» DE LA EVOLUCIÓN DE LA ENFERMEDAD

Ante ello, el escrito elevado por el PP-A a la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla expone que el informe forense «indica que Griñán padece una enfermedad muy grave, pues así se valora su dolencia oncológica (…), aunque no detalla que esté provocando en este momento propiamente padecimientos incurables, sino que expresa incertidumbre por imposibilidad de previsión de si la enfermedad podría sufrir agravación o mejoría tras el tratamiento hormonal y de radioterapia que comienza».

A tal efecto, el informe del PP expone que el informe forense «describe un riesgo cierto temporal para la integridad física, no para la vida, en caso de ingreso en prisión antes de recibir ese tratamiento, por lo que, ponderando los derechos en juego, habría de otorgarse una suspensión igualmente temporal del ingreso en prisión hasta que concluya dicho tratamiento de radioterapia, momento en que debería ser revisado por médico forense de nuevo para valorar su situación, lo que puede fijarse, según la información facilitada y que consta en el informe forense, para dentro de dos o tres meses, debiendo requerirse al penado o solicitarse de los servicios hospitalarios información sobre la fecha en que concluya el citado tratamiento y los oportunos informes del tratamiento y evolución de la enfermedad a que se refiere el informe».

No se trataría pues, según el PP, de una «suspensión extraordinaria» de la entrada en prisión, sino de «un aplazamiento de la decisión al respecto, hasta que se pueda conocer cuáles son las dolencias previsiblemente definitivas que padezca el penado».

EL «ÍNDICE» DE MEDICIÓN

Además, el PP aboga por que el nuevo informe forense especifique «el denominado índice de Karnosfky (KPS o calidad de vida) que usualmente se emplea, como criterio objetivo para resolver estas solicitudes o de las análogas de libertad condicional por enfermedad muy grave».

Igualmente, el escrito del PP recuerda el informe emitido al respecto por la Fiscalía Anticorrupción, que ha apostado por suspender el ingreso en prisión de Griñán hasta contar con «un informe más preciso sobre la procedencia» o no de tal medida merced a su evolución sanitaria; rememorando que el Ministerio Público ha pedido igualmente que «además del informe forense, se solicite otro de los servicios médicos penitenciarios del centro de Sevilla, sobre si el penado podría tratarse y conllevar su enfermedad estando cumpliendo una pena privativa de libertad, informe adicional» que el PP ve «adecuado para resolver en su momento sobre la suspensión extraordinaria pedida».

«En conclusión, procedería un aplazamiento del ingreso en prisión hasta que, en el momento pertinente, sea revisado de nuevo el penado por la médico forense, formulando nuevo informe, así como que se elabore el informe adicional de los servicios médicos penitenciarios que fue solicitado por el Ministerio Fiscal», resume el escrito del PP.

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