El DOG publica la disolución del Parlamento, convoca elecciones y fija la constitución del hemiciclo el 18 de marzo
SANTIAGO DE COMPOSTELA, 26
El Diario Oficial de Galicia (DOG) ha publicado este martes el decreto por el que se disuelve el Parlamento de Galicia y se convocan elecciones para el próximo 18 de febrero. Entra en vigor este mismo martes, por lo que la Cámara gallega pasará ahora a funcionar únicamente con los órganos de transición de esta XI Legislatura.
El decreto 150/2023, de 25 de diciembre, de disolución del Parlamento de Galicia y convocatoria de elecciones, se enmarca en lo previsto en la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, del Estatuto de autonomía de Galicia, en la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, y en la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia, y se publica previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del 21 de diciembre.
En virtud de este decreto, queda disuelto el Parlamento de Galicia elegido el 12 de julio de 2020, la fecha que se reprogramó con respecto al 5 de abril, debido a la pandemia provocada por el coronavirus.
Así, se convocan elecciones al Parlamento para el 18 de febrero de 2024, que luego escogerá a la persona que ocupará la Presidencia de la Xunta, para el 18 de febrero.
En aplicación del artículo 9 de la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia, el número de diputados correspondiente a cada circunscripción es el de 14 por Lugo y Ourense, 25 por A Coruña y 22 por Pontevedra.
La campaña electoral durará 15 días y comenzará a las 00.00 horas del día 2 de febrero de 2024 y finalizará a las 24 horas del día 16 de febrero de 2024.
LA CONSTITUCIÓN, EL 18 DE MARZO
Celebradas las elecciones convocadas por este decreto, la Cámara resultante se reunirá para su sesión constitutiva el día 18 de marzo 2024, a las 11 horas.
Las elecciones convocadas por este decreto se regirán por la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, así como por la Ley 8/1985, de 13 de agosto, de elecciones al Parlamento de Galicia, y la normativa de desarrollo.