El Defensor del Pueblo rechaza la petición del PP para investigar los «insultos» de Iglesias a los medios

Aclara a los de Casado que no es competente para controlar al Gobierno y le recuerda que siempre puede acudir a los tribunales

El Defensor del Pueblo ha rechazado la petición del PP para que abriera una investigación los «ataques e insultos» del vicepresidente del Gobierno, Pablo Iglesias, a medios de comunicación con el objetivo de averiguar, entre otras cosas, si el también líder de Podemos pudo incurrir en «abuso de poder» con esa, a su juicio, «actitud intimidatoria» hacia los profesionales que están informando sobre su participación en el conocido como caso Dina .

El PP pidió la intervención de Francisco Fernández Marugán después de que a principios de julio Iglesias afirmara que «la dimensión fundamental de las cloacas del Estado es mediática», que «se nota» que «la derecha» y sus «medios» de comunicación quieren «sacar» a Unidas Podemos del Gobierno y que en las democracias avanzadas hay que «naturalizar» que «cualquiera que tenga presencia pública o responsabilidades en una empresa de comunicación o en política» está sometido «tanto a la crítica como la insulto en las redes sociales».

Según el primer partido de la oposición, el Defensor del Pueblo debería investigar lo que considera una «posible vulneración de los derechos fundamentales a la libertad de información y expresión», si Iglesias incurrió en «manifiesto incumplimiento de los deberes inherentes a su condición de miembro del Gobierno» y si utiliza «en beneficio propio las instituciones del Estado».

DEFENSA DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Pero el Defensor del Pueblo ha contestado al PP recordándole que esta institución no tiene competencias para controlar al Gobierno, facultad ésta que corresponde a las Cortes, y recordándole, en todo caso, que siempre tiene abierta la vía judicial si considera que se ha podido cometer algún delito.

En su escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, Fernández Marugán se remite al artículo 20 de la Constitución para recalcar a los de Pablo Casado que el Tribunal Constitucional contempla la libertad de expresión como «uno de los derechos más relevantes a proteger».

«Y en opinión de esta institución el derecho a la libertad de expresión es una condición básica de la democracia y una garantía para su buen funcionamiento y el trabajo de los medios de comunicación forma parte de ese derecho, por lo que el Defensor del Pueblo siempre trabajará para su defensa y protección», añade el documento.

Pero, a partir de ahí, Fernández Marugán se centra en argumentar su negativa a abrir la investigación que le reclama el primer partido de la oposición sobre las palabras del vicepresidente del Gobierno. Y es que, enfatiza, el artículo 54 de la Constitución deja claro que no es labor del Defensor controlar al Gobierno –tarea que corresponde a las Cortes– sino supervisar la actuación de las administraciones públicas.

SE RINDE CUENTAS EN EL CONGRESO

En este sentido, explica al PP que «en el debate político quien considera que determinadas manifestaciones de responsables públicos son improcedentes, inadecuadas, insultantes o se sienta ofendido por su contenido debe plantear su desaprobación, reprobación, crítica o censura en el ámbito que le es propio, como es el parlamentario, que es donde se rinden cuentas y se exige la responsabilidad política».

Eso sí, Fernández Marugán también recuerda a los populares que existen «otras vías de actuación», como las de carácter judicial, si consideran que, en este caso Iglesias, puede haber incurrido en algún hecho delictivo.

El Defensor también deja claro al PP que no tiene «constancia alguna» de «qué actuación específica ha podido desarrollar la administración, en relación con este asunto, que limite, coarte o cercene el derecho a la información de los medios de comunicación, que pudiese ser susceptible de su intervención».

Y, por todo ello, concluye que «carece de competencia para iniciar investigación alguna» sobre los comportamientos de vicepresidente del Gobierno y líder de Podemos, «si éstos no se concretan en actuaciones de la administración, que por el momento no se han producido».

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