El Congreso marca el 25 de enero como primer plazo para enmendar la reforma para limitar las funciones del CGPJ

El Congreso ha marcado la fecha del lunes 25 de enero como tope para presentar enmiendas a la proposición de ley del PSOE y de Unidas Podemos para limitar las funciones al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) mientras no sea renovado.

A instancias de los grupos que forman parte del Gobierno, esta reforma de la Ley del Poder Judicial se va a tramitar por el procedimiento de urgencia, lo que implica reducir todos los plazos a la mitad.

Además, el PSOE y Unidas Podemos ya habían recabado el apoyo de ERC, Bildu, Junts, PDeCAT, Más País, Compromís y Nueva Canarias para reunir la mayoría absoluta necesaria para forzar que se habilitase el mes de enero para poder avanzar con la reforma.

En consecuencia, la Mesa del Congreso decidió el miércoles fijar un primer plazo de ocho días hábiles para la presentación de enmiendas a la proposición de ley, un trámite que estaba pendiente desde que fue tomada en consideración por el Pleno del Congreso el pasado 15 de diciembre.

Y LA ILP SOBRE RATIO DE ENFERMERAS, MÁS LENTA

La fecha tope dependía de la publicación oficial del acuerdo, y este viernes se ha concretado que el plazo acabará el próximo 25 de enero. La otra proposición de ley que el Congreso aceptó aquel 15 de diciembre, una Iniciativa Legislativa Popular para fijar un ratio de enfermeros por paciente, no tiene procedimiento de urgencia y su plazo de enmiendas, en cambio, no acabará hasta mediados de febrero.

Los grupos que se oponen a la reforma del CGPJ tendrán ahora una segunda oportunidad para intentar frenarla pidiendo prórrogas o presentando una enmienda de totalidad con texto alternativo, lo que obligaría a celebrar un nuevo debate en el Pleno, ya en febrero.

Además, la Mesa tiene pendiente de resolver los recursos planteados contra la decisión de rechazar escritos del Consejo del Poder Judicial (CGPJ) y del PP para que la Cámara pidiera informes consultivos sobre la reforma.

Y es que, si esta revisión de la Ley Orgánica del Poder Judicial se hubiera impulsado desde el Gobierno, mediante un proyecto de ley, el Ejecutivo tendría que haber solicitado informe al Consejo de Estado y también al propio CGPJ, pero ese trámite no es legalmente necesario si se utiliza la vía de la proposición de ley.

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