El Congreso convalida el decreto sobre blanqueo y movilidad de trabajadores, que podrá ser enmendado

El Congreso da luz verde al decreto ley por el que se traspone las directivas comunitarias sobre prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, planes de pensiones privadas respecto a la movilidad de los trabajadores y requisitos de entrada y residencia de nacionales de países terceros, que se tramitará como proyecto de ley para ser enmendada por los grupos.

La nueva normativa ha contado con el respaldo de todos los grupos de la Cámara, con la única excepción de Esquerra Republicana, que ha optado por la abstención y que solicitado su tramitación como proyecto de ley para poder modificarlo, opción que se ha aceptado.

La trasposición completa elementos pendientes de la cuarta directiva de prevención de blanqueo de capitales, que incluyen medidas orientadas a incentivar las denuncias de particulares y a aumentar los límites máximos de las sanciones, luchando contra los flujos de origen ilícito, y modifica la ley española de 2010.

Esta unifica la aplicación de las medidas de diligencia reforzada a todas las personas con responsabilidad pública, tanto nacionales como extranjeras. Asimismo, se mantiene la clasificación existente en el régimen de sanciones, aunque se incrementan los límites máximos y se realizan ajustes en materia de publicidad.

Por otro lado, contempla la creación de canales de denuncia tanto públicos como en el ámbito de los propios sujetos obligados de la ley para estimular las denuncias de particulares, y se establece la obligatoriedad de crear un registro de prestadores de servicios a sociedades.

Finalmente, la norma exige específicamente a los sujetos obligados que apliquen medidas de diligencia reforzada respecto de las relaciones de negocio que mantengan con personas o entidades relacionadas con los países que la Comisión Europea ha determinado que tienen deficiencias estratégicas en sus sistemas de prevención y lucha contra el blanqueo de capitales.

PLANES PRIVADOS DE PENSIONES

Por otra parte, el decreto ley también traspone totalmente al ordenamiento jurídico español la directiva europea relativa a los requisitos mínimos para reforzar la movilidad de los trabajadores entre los Estados miembros mediante la mejora de la adquisición y el mantenimiento de los derechos complementarios de pensión.

Concretamente, se establece que la edad mínima que se exija para acceder a estos derechos no puede superar los 21 años y que el periodo de antigüedad mínimo para consolidar los derechos en la empresa no puede sobrepasar los tres años.

Además, también se extiende la aplicación a la movilidad nacional, por lo que se reconocerán estos derechos a los trabajadores que cambien de empleo dentro de España. Concretamente, este decreto modifica la disposición adicional primera del texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones.

La directiva prevé el reconocimiento de derechos de pensión adquiridos en favor de los trabajadores que cesen la relación laboral antes de la jubilación a partir del 21 de mayo de 2018, fecha límite de la transposición.

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