El Congreso aprueba mañana la nueva ley de servicios electrónicos de confianza

Fija en nueve meses el plazo máximo para sancionar empresas digitales e incorpora nuevas obligaciones, como un sistema de mediación

El Congreso aprobará este lunes el proyecto de ley reguladora de determinados servicios de confianza, una vez que se debatan y voten en la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital las últimas enmiendas de los grupos.

La iniciativa, que llegó al Congreso tras ser aprobada el pasado 18 de febrero en el Consejo de Ministros, se enfrenta así a su último trámite parlamentario en la cámara, pues la Comisión de Asuntos Económicos cuenta con competencia legislativa plena y la enviará directamente al Senado.

Se trata de la trasposición del reglamento comunitario para reforzar la seguridad en el uso de determinados servicios, como la firma y el sello electrónico de personas físicas y jurídicas o el sello de tiempo electrónico, utilizados habitualmente en las relaciones telemáticas de ciudadanos, empresas y administraciones públicas.

Además, el texto aprobado por la ponencia, al que ha tenido acceso Europa Press, también incorpora dos enmiendas registradas conjuntamente por el PSOE y Unidas Podemos para acelerar la trasposición de otros dos reglamentos europeos.

Uno correspondiente al fomento de la equidad y transparencia para usuarios profesionales de servicios de intermediación en línea, y otro dirigido a impedir el bloqueo geográfico injustificado y formas de discriminación por nacionalidad, lugar de residencia o establecimiento de clientes.

Estas son las principales modificaciones al proyecto de ley, aunque no las únicas, ya que las formaciones que integran el Gobierno también han pactado modificaciones técnicas al nuevo texto legal con el PP, Ciudadanos y Junts. Estos dos últimos grupos, si bien no han confirmado el sentido de voto aún, han descartado ya votar en contra de una ley de carácter técnico y en línea con la normativa europea.

FACILIDADES AL TRASPASO DE DATOS

Entre las modificaciones acordadas al texto que llegó al Congreso está la de un nuevo plazo máximo de nueve meses a los procedimientos sancionadores a empresas proveedoras de servicios de intermediación en Internet, la ampliación de infracciones por incumplimientos en nuevas obligaciones de información de estas empresas, y también facilitar el traspaso de datos no personales de usuarios de estas plataformas en cambios de portabilidad.

En su enmienda, las formaciones que respaldan al Gobierno justifican establecer este plazo, sin perjuicio del plazo de tres meses del procedimiento simplificado, pues en caso de no fijar un plazo máximo, en aplicación de la Ley del Procedimiento Administrativo Común, que regula estos procedimientos, este se quedaría en esos tres meses, un plazo «notoriamente insuficiente», razonan PSOE y Unidas Podemos.

FACILIDADES A LA PORTABILIDAD

En lo que respecta a la portabilidad de datos no personales, la propuesta incorpora a la Ley de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico de 2002 la obligación de los prestadores de servicios de remitir a los usuarios a los que presten servicio los contenidos que les hubieran facilitado.

Todo ello sin impedir su transmisión posterior a otro proveedor, así como la obligación de transmitir dichos contenidos a otro proveedor que elija el usuario, siempre que sea técnicamente posible, añadiéndose los incumplimientos de estas obligaciones a las infracciones graves o leves, según el caso, recogidas en el régimen sancionador de esta ley

También se incorporan obligaciones para este tipo de empresas digitales, y las correspondientes infracciones por su incumplimiento, recogidas en el reglamento europeo sobre el fomento de la equidad y la transparencia para los usuarios profesionales de servicios de intermediación en línea.

SISTEMA INTERNO DE RECLAMACIONES Y MEDIACIÓN

Entre estas obligaciones, está la de establecer un sistema interno y gratuito para tramitar reclamaciones de usuarios profesionales para aquellas plataformas que no sean pequeñas empresas, o designar al menos dos mediadores para la resolución extrajudicial de conflictos, entre otras obligaciones de mediación

El reglamento europeo que se incorpora recoge obligaciones de clasificación para servicios de intermediación o proveedores de motores de búsqueda online , cláusulas contractuales específicas, la justificación de restricciones a la oferta de condiciones diferentes por otros medios, o la información sobre el acceso a datos por parte de usuarios profesionales.

También la obligación de justificar en una declaración los motivos de la decisión de poner fin a la prestación de un servicio con una antelación de al menos 30 días, y «en un soporte duradero», de explicar los bienes y servicios auxiliares que se ofrecen en la plataforma, incluidos servicios financieros, o justificar restricciones a la oferta de condiciones diferentes por otros medios

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