El Congreso acuerda suspender de derechos a Ábalos tras confirmarse su procesamiento y no podrá votar desde la cárcel


La Mesa del Congreso ha acordado este miércoles por unanimidad suspender de sus derechos parlamentarios al exministro José Luis Ábalos, una vez confirmado el auto de procesamiento, con lo que ya no podrá percibir retribuciones ni participar en votaciones hasta que se resuelva su situación.

Se trata del artículo 21 del Reglamento, que señala que «los diputados y diputadas quedarán suspendidos en sus derechos y deberes parlamentarios cuando, concedida por la Cámara la autorización objeto de un suplicatorio y firme el auto de procesamiento, se hallaren en situación de prisión preventiva y mientras dure ésta».

Tras la decisión del juez Leopoldo Puente de meter en prisión a Ábalos, la Presidencia del Congreso remitió un oficio al Supremo para que certificase ese ingreso penitenciario, con el fin de poner en marcha la suspensión del diputado. En su respuesta, el Alto Tribunal confirmó que se había decretado «la prisión provisional comunicada y sin fianza» para Ábalos, pero también subrayó que el auto de procesamiento no era firme al estar recurrido en apelación por su defensa, cuya deliberación se programó para el pasado día 4.

Este miércoles la Sala de Apelación del Tribunal Supremo ha avalado la decisión del magistrado instructor de procesar a Ábalos junto con su exasesor ministerial Koldo García por presuntas irregularidades en los contratos de mascarillas que adjudicó el Ministerio de Transportes durante la pandemia.

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