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El Congreso acelera la reforma del reglamento que crea sanciones para informadores y aspira a aprobarla en un solo Pleno


La reforma, en la que el PP se ha abstenido, también incluye medidas para facilitar y ampliar el voto telemático de los diputados

El Congreso va a acelerar la tramitación parlamentaria de la reforma de su Reglamento que el PSOE y sus aliados registraron hace una semana para regular la renovación de las credenciales de prensa e introducir un régimen sancionador para aplicarlo a las personas acreditadas que perjudiquen la actividad de la institución o el trabajo de otros periodistas. La idea es que se tramite por la vía de urgencia y que se debata y apruebe en un solo Pleno que podría ser en abril.

La proposición de ley, firmada por el PSOE, Sumar, ERC, Junts, Bildu, PNV, BNG y Coalición Canaria, ha sido calificada este viernes por la Mesa del Congreso con el voto a favor de las dos formaciones del Gobierno de coalición, mientras que el PP ha preferido abstenerse, según indicaron a Europa Press fuentes parlamentarias.

Los promotores de la reforma reglamentaria van a pedir además que se tramite por el procedimiento de urgencia, lo que supone acortar a la mitad todos los plazos, y también quieren que se tramite en lectura única, lo que implica que no pase por ponencia ni comisión, sino que todos los debates y votaciones se ventilen directamente en el Pleno y en la misma semana.

EN ABRIL O MAYO

Ya sólo faltará que el texto se publique y que el Gobierno dé su conformidad para debatirla, algo que podría producirse en próximos días ya que la reforma no tiene efectos económicos que pudieran justificar un veto, máxime cuando el Congreso tiene autonomía para redactar sus propios Presupuestos. Por ello, no se descarta que la reforma llegue al Pleno en abril o, a más tardar, en mayo.

El Reglamento del Congreso, que data de 1982, ya contempla que la Mesa de la Cámara regule la concesión de acreditaciones a representantes de los medios, pero esta reforma amplía este capítulo para regular también el procedimiento para la renovación de las mismas, fijar «los requisitos que resulten exigibles atendiendo a la necesidad de respetar el derecho a la información veraz y el buen funcionamiento de la Cámara», y añadir un régimen sancionador a quien entorpezca la labor de la Cámara, de los diputados o de otros periodistas.

También prevé la creación de Consejo Consultivo de Comunicación Parlamentaria del que formarán parte un miembro de cada grupo parlamentario y donde podrán estar representados los colectivos profesionales en el ámbito de la información.

Así, se obligará a los informadores acreditados a respetar «las reglas de cortesía parlamentaria» y las directrices de la Mesa, nadie realizar grabaciones sin estar acreditado y los grupos podrán designar a una persona que coordine sus encuentros informativos, que será la encargada de dar instrucciones «al efecto de garantizar el orden en estos encuentros».

En este contexto, habrá sanciones para quienes incumplan esta normativa y las reglas de cortesía y se establece una categorización de infracciones leves, graves o muy graves, con sus correspondientes castigos, incluida la suspensión de las credenciales por un tiempo determinado o incluso su revocación definitiva.

VOTO TELEMÁTICO PARA CUIDAR FAMILIARES

Aprovechando esta reforma, los autores de la iniciativa buscan ampliar los supuestos en los que los diputados pueden solicitar el voto telemático y también agilizar la gestión de la petición, bastando una «declaración responsable» del diputado.

El Congreso empezó autorizando en 2011 el voto telemático en casos de maternidad o enfermedad grave, pero en 2022 ya hubo una ampliación para incluir también el embarazo y «situaciones de especial gravedad» que impidan acercarse a la Cámara, así como la participación en delegaciones parlamentarias de las Cortes y en compromisos de representación institucional en el extranjero propios del Gobierno (cumbres europeas, iberoamericanas, de la OTAN, del G-20 o la Asamblea General de Naciones Unidas, entre otros).

Pero ahora el PSOE y sus aliados amplían el catálogo de situaciones susceptibles de pedir el voto a distancia; así, al embarazo y maternidad/paternidad se suman «adopción o guarda con fines de adopción o acogimiento, así como tratamientos de reproducción asistida», y se añaden «motivos de salud o accidente», «necesidad de atender al cuidado del cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, así como de otras personas dependientes», y «fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad».

En cuanto a los trámites, hasta ahora quien pide votar a distancia debe cursar «la oportuna solicitud mediante escrito dirigido a la Mesa de la Cámara», que luego le comunica su decisión, «precisando el periodo de tiempo en el que podrá emitir el voto mediante dicho procedimiento». Con la nueva redacción, la concesión es casi automática.

Así, el diputado «cursará la oportuna solicitud mediante escrito dirigido a la Mesa de la Cámara» e incluirá «la justificación de que concurre alguna de las causas previstas en este artículo», pero en todo caso bastará con una «declaración responsable de la persona solicitante» para que se dé por permitida la votación telemática. Eso sí, la Mesa podrá pedirle información adicional o documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos.

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