El Club de Exportadores pide mantener los «escasos» incentivos fiscales a la internacionalizacón de empresas

El Comité de Reflexión sobre Internacionalización del Club de Exportadores e Inversores aboga por mantener los «escasos» incentivos fiscales a la internacionalización empresarial que todavía perviven en España con el fin de preservar la competitividad de las empresas con actividad internacional.

A su juicio, se encuentra sobre la mesa una propuesta que pretende limitar la exención sobre dividendos, plusvalías y rentas obtenidas por establecimientos permanentes en el exterior, una medida ya incluida en el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2019, que consiste en reducir la exención vigente, que actualmente es del 100%.

«Estaríamos ante una modificación de hondo calado que dejaría en maltrecha situación a las empresas españolas frente a otras empresas competidoras que cuentan en sus legislaciones con una exención similar a la que actualmente se aplica en España», afirma el Comité de Reflexión en una nota técnica publicada este jueves.

Asimismo, advierte de que corre el peligro de desaparecer el incentivo relativo a la deducibilidad de las pérdidas finales y definitivas generadas en el exterior en relación con filiales y establecimientos permanentes. «Es una característica de nuestro sistema fiscal que se ha venido limitando en el tiempo hasta aplicarse únicamente a los supuestos de extinción, transmisión o cese de actividad», señala.

El Club critica que estas propuestas de reforma del marco fiscal se justifiquen apelando a la supuesta «baja tributación de las multinacionales españolas», idea que atribuye a una interpretación incorrecta de los datos estadísticos.

FISCALIDAD EMPRESARIAL SUPERIOR EN RELACIÓN CON LA UE

De igual forma, el Club señala que aunque la Administración española publica tanto el tipo efectivo calculado sobre el resultado contable como sobre la base imponible, ante la opinión pública suele destacarse el primero, que «no tiene en cuenta que parte de los beneficios ya han tributado en otros países, y lógicamente no forman parte de la base imponible, o los ajustes por consolidación».

Conforme a esa interpretación, añade, se resalta que la tributación que las multinacionales pagan en España sobre el beneficio global es reducida, pero «no se tiene en cuenta que estas empresas han obtenido parte de su beneficio fuera de España y que ya han tributado localmente por ello».

A este respecto, el comité advierte de que «muchas estadísticas se basan en datos no comparables como es la tributación de multinacionales españolas frente a pymes que carecen de actividad fuera de España, y por tanto no tributan nada fuera de nuestras fronteras, o entidades no integradas en grupos consolidados».

Citando datos de la Comisión Europea, señala que la recaudación por el impuesto de Sociedades en España está alineada con los niveles del resto de los países de la Unión Europea y que, sin embargo, la carga tributaria total que soportan las empresas españolas (Sociedades y contribuciones sociales) es muy superior en relación con la Unión Europea.

Por ello, exhorta a las autoridades españolas a conservar los «rasgos fiscales» que actualmente se contemplan en la normativa nacional «si se quiere mantener la presencia de empresas españolas con inversiones en el exterior que puedan competir con un mínimo de posibilidades frente a las extranjeras, que ya cuentan con mecanismos similares a los que actualmente contempla la legislación española».

MÁS CLARIDAD DEL SISTEMA TRIBUTARIO

Considera, además, que la competitividad fiscal no reside únicamente en la normativa vigente, sino que depende de muchos factores contextuales o de la «calidad de sistema».

En relación con este aspecto, subraya la necesidad de mejorar conceptos como la claridad en la aplicación y revisión de los tributos, la predictibilidad o la seguridad jurídica.

Otra de las recomendaciones del Comité de Reflexión sobre Internacionalización se dirige al establecimiento de un sistema tributario con normas «claras y precisas, estables en el tiempo, y una administración tributaria ágil y accesible».

Finalmente, asegura que un gran avance para el sistema fiscal español consistiría en dotarse de fórmulas que permitan a las empresas simplificar el cumplimiento de la abundante y creciente carga administrativa no retribuida que soportan.

«En este punto, la administración española tiene también un enorme potencial de mejora, mediante la profundización en esquemas de cumplimiento cooperativo para la prevención de conflictos y resolución de disputas»», añade en referencia a los procedimientos amistosos.

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