El BOE publica el real decreto para favorecer la nutrición sostenible de los suelos agrarios
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles el real decreto que incorpora nuevas normas y la simplificación de algunas medidas del real decreto de nutrición sostenible de los suelos agrarios de 27 de diciembre de 2022.
En concreto, esta nueva norma, que fue aprobada ayer en el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, busca disminuir el impacto ambiental de la aplicación de productos fertilizantes y otras fuentes de nutrientes o materia orgánica, en línea con los objetivos de la estrategia europea De la Granja a la Mesa .
Tras más de un año de aplicación, la reforma del real decreto de nutrición sostenible de los suelos agrarios busca facilitar la puesta en marcha de determinados aspectos técnicos, reforzar la coherencia con otras normativas (como la Ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular), o disposiciones autonómicas sectoriales y aclarar determinadas disposiciones. Para ello, se modifican los artículos relativos al cuaderno de explotación, el plan de abonado y sobre el uso de estiércoles y abonos orgánicos.
Así, se incluyen ciertos incentivos para el uso del cuaderno digital, ya que no tendrá carácter obligatorio, y se detalla aquella información del plan de abonado que debe incluirse en el cuaderno de explotación, uno de cuyos puntos clave es la determinación de la dosis.
Además de incorporar una redacción más clara de las disposiciones relativas a la reducción de la emisión de amoniaco, se tienen en cuenta otras tecnologías que permiten reducir el riesgo de lixiviación (extracción de una sustancia de un material sólido).
Asimismo, se flexibilizan las obligaciones relacionadas con el uso de estiércoles, abonos y otros materiales orgánicos, se añaden nuevos residuos a la lista de aquellos que son admitidos y se modifican sus requisitos, en consonancia con el mercado y los criterios de seguridad y eficacia agronómica.
De esta forma, destaca la ampliación de cinco a 10 días del plazo en el que se permite el apilamiento de estiércol, que pueden llegar a 20 días en el caso de que el material esté compostado o digerido. También se amplía el plazo para el enterrado de estiércoles y otros materiales orgánicos, que pasa a 24 horas.