El bloqueo podría obligar a repetir elecciones en Navidades, tres meses y medio después de una investidura fallida

MADRID, 23

El mapa del Congreso resultante de las elecciones generales de este domingo apunta a un escenario de bloqueo, sin ningún candidato con visos de alcanzar la mayoría absoluta, y eso podría conllevar la repetición de los comicios, que deberían celebrarse tres meses y medio después de la primera investidura fallida, cuya fecha no está predeterminada.

Conforme al calendario electoral, el nuevo Congreso se constituirá a las diez de la mañana del 17 de agosto con la elección de la persona que presida la Cámara, que será la encargada de desplazarse ese mismo día Palacio de la Zarzuela para informar al Rey.

Tras ser informado de la composición del Congreso, lo previsible es que el Jefe del Estado convoque en Zarzuela esa semana del 21 de agosto a los representantes de todas las formaciones con presencia en el Congreso para decidir a quién encarga someterse a la Sesión de Investidura.

Una vez que se constituyan los grupos y se designen los portavoces, ya se podrán convocar sesiones plenarias. Por tanto, se calcula que como muy pronto el Debate de Investidura podría celebrarse a finales de agosto o, mucho más factible, la primera semana de septiembre.

Para ser investido presidente hay dos caminos: sumar mayoría absoluta en la primera votación (176 diputados) o al menos lograr más votos a favor que en contra en una segunda oportunidad, 48 horas después. Y los bloques que se han asentado en estas elecciones no permiten vislumbrar a priori ninguna de las dos opciones.

La fecha de esa primera votación de investidura condiciona el calendario en caso de una repetición electoral, ya que, en caso de bloqueo, las Cortes se disolverán al cumplirse dos meses de esa fecha para celebrar elecciones 47 días después.

MENOS PERIODO ELECTORAL Y MENOS CAMPAÑA

Es decir, si hay un debate de investidura fallido a principios de septiembre, comenzará a contar un plazo de dos meses para posibles nuevos intentos. Eso implica que, si se mantiene el bloqueo a principios de octubre –como ocurrió con las fallidas investiduras de Pedro Sánchez en marzo de 2016 y julio de 2019–, y si no se logra una alternativa viable en los dos meses posteriores, habría que disolver las Cortes nuevamente en noviembre y celebrar elecciones a los 47 días, o sea en fechas navideñas.

Fue una reforma electoral de 2016 la que redujo los plazos y trámites en caso de bloqueo de investidura, acortando el periodo electoral de 54 a 47 días y limitando a ocho días la actual campaña de dos semanas. Y se hizo precisamente para evitar que hubiera elecciones el 25 de diciembre de ese año, que era cuando iba a corresponder.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

PP C-LM gana el voto útil y resta escaños a izquierda y derecha ante un PSOE que resiste y un Sumar irrelevante
23J.- Rufián (ERC) cree que los independentistas pueden «decantar la balanza» pese a perder fuerza

Bloqueador de anuncios detectado

Por favor, considere ayudarnos desactivando su bloqueador de anuncios