El Banco de España mantiene los colchones de capital de BBVA, Santander, Sabadell y CaixaBank
El Banco de España ha decidido mantener sin cambios los colchones de capital para 2025 que exige a Banco Santander, BBVA, CaixaBank y Banco Sabadell por sus designaciones como «Otras entidades de importancia sistémica». Tampoco ha sumado nuevas entidades a la lista.
En concreto, por esta designación, el colchón exigible a Santander es del 1,25%, mientras que para BBVA es del 1%; para CaixaBank, del 0,50%; y para Banco Sabadell, del 0,25%.
Estos requisitos adicionales de capital se conciben como un instrumento macroprudencial que tiene por objetivo reforzar la solvencia de estas entidades y mitigar los efectos sistémicos que pudieran ocasiona en el sistema financiero.
Además, el colchón para OEIS pretende incentivar una prudente asunción de riesgos y compensar la posible ventaja competitiva de estas entidades frente a entidades de menor tamaño en los mercados de financiación.
Banco Santander tiene un colchón de capital asociado del 1,25% porque concurre su designación como OEIS y como Entidad de Importancia Sistémica Mundial. El mayor de los dos requisitos para ambas designaciones es el 1,25%, por lo que se adopta ese.
Las designaciones de entidades de importancia sistémica son objeto de revisión anual. La próxima decisión de OEIS, con efectos en 2026, será adoptada no más tarde del 1 de diciembre de 2025. La decisión sobre EISM para 2026 será previsiblemente anunciada por el Banco de España en diciembre de este año, en línea con la práctica habitual de ejercicios anteriores.
En octubre de este año, el Banco de España finalmente formalizó su decisión de fijar el colchón de capital anticíclico (CCA) en el 0,5%, tal y como había previsto en mayo.
El colchón del 0,5% activado en el cuarto trimestre de este año será de aplicación a partir del 1 de octubre de 2025. Posteriormente, y condicionado a que los riesgos sistémicos cíclicos se mantengan en un nivel estándar, el porcentaje del CCA previsiblemente será elevado hasta el 1 % a partir del cuarto trimestre de 2025 (para aplicación desde el 1 de octubre de 2026).