El acuerdo de la Ley de Vivienda contempla reducir las bonificaciones fiscales a las Entidades de Alquiler de Vivienda
La Ley de Vivienda acordada entre los socios de coalición contempla reducir en más de la mitad las bonificaciones fiscales que perciben las denominadas Entidades de Alquiler de Vivienda, que pasarán del 85% actual al 40% que estipula la nueva normativa.
A su vez, esa mayor tributación que procederá de estas sociedades se destinará a vehicular las exenciones fiscales de hasta el 90% dedicadas a que los pequeños propietarios se decidan a bajar las rentas de sus inquilinos en pisos dentro de zonas tensionadas.
Fuentes de Unidas Podemos han señalado a Europa Press que el acuerdo alcanzado con el PSOE introduce esta medida, que permitirá que se retiren «privilegios fiscales» a estas entidades, que generalmente entran dentro de la categoría de grandes propietarios.
Con ello, se podrán sufragar los incentivos fiscales para los pequeños propietarios que permitirán bajar los alquileres, ya afectados por la congelación en zonas tensionadas.
Por su parte, las mismas fuentes recuerdan que las personas jurídicas de más de 10 viviendas tendrán que bajar precios del alquiler en base a los índices de referencia que se definan, algo que se aplicará tanto a un nuevo contrato al mismo inquilino como a otro inquilino diferente.
RÉGIMEN DE BONIFICACIÓN DE 2014
Las condiciones hasta el momento para poder disfrutar de bonificaciones en el Impuesto de Sociedades es que el número de viviendas ofrecidas en arrendamiento llegaran a un mínimo de ocho y que estuvieran en régimen de alquiler al menos un mínimo de tres años.
También pueden acogerse a esa opción de menor tributación las entidades que realicen otras actividades complementarias (como puede ser la compraventa de pisos), pero que la principal sea el alquiler en una proporción del 55% sobre el conjunto de la operativa de la empresa.
En 2014 se desplegaron estas bonificaciones en la legislación fiscal, con vistas a intentar estimular el mercado del alquiler y propiciar mayor oferta en régimen de arrendamiento.
RESTO DE MEDIDAS
Por ahora y a falta de conocer la redacción específica del anteproyecto de ley, ya se conocen diversas iniciativas que introducirá su articulado como la imposibilidad de venta de vivienda pública por parte de las administraciones a entidades privadas (como puede ser los fondos de inversión), para lo cual se establece un régimen de protección permanente que excluye su recalificación.
También contempla destinar un 30% de las nuevas promociones a vivienda protegida, para ampliar el parque público de vivienda, de las que la mitad (el 15% del total) será para alquiler social.
Además, prevé un recargo de hasta 150% del IBI para los pisos vacíos y una regulación del precio del alquiler para bajar las rentas en las viviendas en manos de grandes propietarios (10 viviendas o más) con personalidad jurídica, teniendo en cuenta índices de referencia en zonas tensionadas.
Junto a ello se pautan las ya mencionadas bonificaciones fiscales hasta el 90% a pequeños propietarios en caso de bajar el precio de los alquileres y medidas de protección frente a los desahucios centrada en la población vulnerable.