Defensor del Pueblo reitera la necesidad de reforzar las plantillas en sanidad penitenciaria

El Defensor del Pueblo ha reiterado la necesidad de resolver los problemas a los que se enfrenta la sanidad penitenciaria, concretamente, los que tienen relación con los profesionales sanitarios y la insuficiencia de personal, que se ha convertido en algo frecuente en España, debido a la escasez de «plazas insuficientemente atractivas».

Este asunto, según el organismo, es un problema «recurrente» y «de sobra conocido», que ha cobrado especial importancia tras la crisis de la COVID-19 y que implica una mayor vulnerabilidad de los presos.

«La asunción por las comunidades autónomas de las competencias sanitarias pendientes de transferir desde 2003 por disposición legal o decisiones presupuestarias debe conducir a que las plazas de funcionario sean suficientemente atractivas para los médicos y demás personal sanitario que quieran prestar servicio en las prisiones, desde las perspectivas retributiva y de promoción profesional», ha señalado El Defensor del Pueblo.

Por ello, pide el compromiso de los poderes públicos para abordar problemas estructurales, como que las retribuciones sean menores que en el conjunto de la sanidad pública, lo que hace poco atractivas las plazas, o que no se hayan llevado a cabo las trasferencias previstas desde 2003, que excede de las competencias propias del Ministerio del Interior, tal y como puntualiza.

«Se constatan realidades como que los procesos selectivos resultan prácticamente desiertos, debido, sin duda, a que las retribuciones que se ofrecen no son competitivas. Por tanto, incluso con la mejor planificación no puede preverse el número de incorporaciones efectivas que podrían producirse. Hay que recurrir a interinos sin titulación MIR», ha subrayado el organismo que lidera Ángel Gabilondo.

Asimismo, destaca una de las quejas recibidas relativa a los centros penitenciarios de Cáceres y Badajoz, en la que se alude a pérdida de personal sanitario en esos dos centros penitenciarios, debido a bajas por jubilación o traslados a otros centros, sinque se hubieran cubierto las vacantes.

«En el Centro Penitenciario de Cáceres debería haber cinco plazas ocupadas por personal de medicina, y había uno a media jornada, ycuatro de psicología, y había dos. En el de Badajoz, debería haber ocho plazas ocupadas por personal de medicina, y había cinco, y ocho plazas de personal de enfermería, y había seis ocupadas. Se indicaba en la queja que si bien, inicialmente, se estableció que la atención especializada se prestara por las comunidades autónomas a través de convenios con el Ministerio del Interior y que la atención primaria correspondía al ministerio», apostilla.

En consecuencia, desde la perspectiva del Defensor del Pueblo, las políticas pueden incidir o bien en mejorar los presupuestos para abordar la situación actual sin cambios a corto plazo en el marco competencial, en un régimen de cooperación entre instituciones, o bien que las comunidades autónomas asuman definitivamente las competencias de sanidad penitenciaria, hace tantos años previstas. «Lo fundamental en defensa de los derechos humanos no es quién tenga la competencia, sino cómo la ejerza», concluye El Defensor del Pueblo.

COVID-19 EN LAS PRISIONES

Tanto en el informe Actuaciones ante la pandemia de covid-19 , publicado en diciembre de 2020, como en el informe anual correspondiente a 2020, el Defensor del Pueblo ha puesto de relieve que la pandemia ha podido ser contenida en el interior de las cárceles, debido al esfuerzo del personal sanitario, del conjunto de los funcionarios y de los mismos internos.

El organismo remarca que la vacunación de la población penitenciaria contra la covid-19 se organizó entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y las comunidades y ciudadesautónomas, a través de la Ponencia de Programa y Registro de Vacunaciones del Ministerio de Sanidad.

En el mes de junio, indica el Defensor del Pueblo, la gran mayoría de la población penitenciaria ya estaba vacunada aunque las medidas de restricción seguían impuestas para evitar contagios pero en continua revisión. Con motivo de una queja, en la que se manifestaba que en un centro a los internos que tenían comunicaciones vis a vis se aislaba posteriormente, durante unperíodo mínimo de diez días, en una celda, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias puso de relieve (criterio que comparte el Defensor del Pueblo) que han de prevalecer el derecho a la vida y el derecho a la salud sobre otros derechos de los internos y que, por ello, la medida de la que se quejaba el compareciente afectaba en aquel momento a todos los centros penitenciarios.

En el caso de visitas y familiares, al no exigir una PCR cada vez que acudieses a comunicar con los internos, se estableció para los presos un periodo preventivo de observación sanitaria para descartar posibles contagios y, en caso de que se hubiesen producido, reducir el contacto con otros internos y la consiguiente propagación de la epidemia. Este periodo consistía en una separación en un módulo específico, o en una parte de un módulo, de varios días (entre ocho y diez), durante el que se llevaba a cabo control médico.

En definitiva, en el ámbito de competencia de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, con datos acumulados de finales de septiembre de 2021, si bien el número de empleados públicos penitenciarios que se habían visto afectados por la covid-19 ascendía a 2.150, se habían recuperado 2.111, permanecían activos 34 casos, y cinco profesionales fallecieron. En lo que se refiere a los internos, con datos en este caso a 30 de junio, en el primer trimestre del año se habían dado 1.177 casos, con siete fallecimientos y en el segundo trimestre, se habían dado188 casos y ningún fallecimiento.

FALLECIMIENTOS

Por otro lado, El Defensor del Pueblo ha reparado en los fallecimientos que han tenido lugar dentro de la prisión. En noviembre de 2021 se elaboró el Informe epidemiológico sobre mortalidad en instituciones penitenciarias, por parte del Área de Salud Pública, dependiente de la Subdirección General de Sanidad Penitenciaria, que corresponde al ejercicio 2020.

En dicho informe se especifica que en el año 2020 se produjeron 204 fallecimientos, lo que se tradujo en una tasa de mortalidad de 4,20 por ciento por cada 1.000 internos, siendo esta tasa la más alta en toda la década de 2010 a 2020. Además, se observa que se ha producido un aumento de muertes respecto al ejercicio de 2019, enel que se contabilizaron 194 (y una tasa del 3,83 %).

En cuanto a los datos de mortalidad por sexo, se produjeron 195 fallecimientos de hombres y nueve de mujeres, siendo las tasas de mortalidad de 4,34 por ciento y 2,49 por ciento por cada 1.000 internos, respectivamente. Estos datos deben interpretarse teniendo en cuenta que la proporción de mujeres en prisión respecto de hombres es muy inferior, pues, si bien la media de la población penitenciaria en el año 2020 fue de 48.540 personas, únicamente 3.616 eran mujeres.

La edad media de las personas fallecidas es de 46, igual que ocurrió en 2019, y el 50 por ciento se encontraba en el intervalo de edad comprendido entre los 39 y los 48 años. En cuanto al lugar de fallecimiento, 153 muertes se produjeron en el centro penitenciario, 49 en el hospital y dos en el traslado al hospital. En cuanto a las causas, 105 fallecimientos se produjeron por causas naturales, 89 por causas violentas y diez de ellos por causas indeterminadas.

En las muertes por causas naturales, las de mayor incidencia, con una tasa de 2,16 por ciento por cada 1.000 internos, destacan los fallecimientos relacionados con problemas circulatorios, episodios isquémicos y cardiopatías. De los fallecidos, 102 eran hombres y tres eran mujeres. Dentro de las muertes por causas violentas, el desglose es: 51 por suicidio, 30 por abuso de drogas, 6 por accidentes y 2 por agresión.

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