Córdoba y Málaga reducen su nivel de alerta y todas las capitales están al nivel 2 por primera vez en un mes
SEVILLA, 18
Todas las capitales andaluzas, por primera vez en un mes, estarán en nivel 2 de alerta por Covid-19 desde las 00,00 horas de este jueves 19 de agosto, tras reducir Córdoba y Málaga su nivel de alerta –del 3 al 2–.
Así lo han acordado los comités territoriales de Alerta de Salud Pública de Alto Impacto de las ocho provincias andaluzas en reuniones telemáticas celebradas este miércoles, que han establecido las medidas vigentes por municipios durante los próximos siete días.
Concretamente, todos los distritos sanitarios de Málaga han disminuido a nivel 2 de alerta (Serranía, Costa del Sol, Málaga, Guadalhorce, La Vega y Axarquía), lo mismo que ha ocurrido con los de Córdoba (Guadalquivir, norte, Córdoba y sur), lo que incluye al municipio sevillano de Peñaflor por estar en el distrito sanitario Guadalquivir.
La provincia de Cádiz al completo permanece en nivel de alerta 2 por quinta semana (distritos sanitarios Bahía de Cádiz-La Janda, Campo de Gibraltar Oeste, Jerez-Costa Noroeste, Sierra de Cádiz y Campo de Gibraltar), al igual que Granada (áreas sanitarias sur y distritos sanitarios Granada y metropolitano), salvo el área sanitaria nordeste que baja a nivel de alerta 1.
En Sevilla, todos los distritos permanecen en nivel 2 por quinta semana (Aljarafe, Sevilla, sur, este y norte); en Huelva por cuarta semana las áreas norte, Condado y Campiña, y por quinta el distrito Costa; en Almería, el área norte está en nivel 1 por primera vez en cuatro semanas, y los distritos de Poniente y Almería capital por cuarta vez se encuentran al nivel 2, y en Jaén lo están por quinta semana los distritos sur y de la capital, y por tercera los distritos norte y nordeste.
RESTRICCIONES
Tras la reunión este miércoles 18 de agosto del Comité Regional de Alto Impacto en Salud Pública, se ha acordado prorrogar las medidas vigentes en la comunidad con la excepción de la ampliación de cuatro a seis comensales en las mesas ubicadas en el interior de los establecimientos de restauración y salones de celebración en los niveles de alerta 1 y 2. El resto de aforos se mantienen igual, tal y como refleja la Orden de 7 de mayo de la Consejería de Salud y Familias.
Así, la Junta de Andalucía establece, en lo que respecta a la hostelería, que en los niveles de alerta sanitaria 1 y 2 los establecimientos no podrán superar el 75% de aforo máximo para consumo en el interior del local, y las mesas tendrán un límite de seis personas en interior en los niveles 1 y 2, mientras que en el exterior será de diez en el primer caso y de ocho en el segundo.
En el nivel 3 de alerta, los establecimientos de hostelería no podrán superar el 50% de aforo máximo para consumo en el interior del local, y las mesas tendrán un límite de cuatro personas en interior y de seis en exterior.
Por otro lado, para los salones de celebraciones el aforo máximo es del 75% en nivel 1, con un máximo de 200 personas y seis comensales por mesa. En el nivel 2, el aforo máximo permitido será del 75% con un máximo de 150 personas. El servicio en barra tampoco estará permitido en el interior, mientras que en el exterior sólo estará permitido el servicio en los niveles 1, 2 y 3, siendo el consumo en mesa.
Además, el Comité de Expertos ha propuesto reforzar las medidas de seguridad en los centros de mayores. Concretamente, se efectuarán pruebas diagnósticas (PDIA) a todos los trabajadores de estos espacios: cada dos semanas en el caso de vacunados y dos veces por semana para aquellos que no tengan ninguna dosis. También se realizarán pruebas diagnósticas (PDIA) con 72 horas de antelación en los casos de reingreso a los centros de algún residente aunque esté vacunado. En el caso de centros sanitarios, se efectuarán PDIA de forma semanal al personal no vacunado y que mantenga contacto con pacientes.
TOQUE DE QUEDA NOCTURNO
Asimismo, la orden de 21 de julio de 2021, de la Consejería de Salud y Familias, por la que se modifica la orden de 7 de mayo de 2021, determina que los titulares de las Delegaciones Provinciales o Territoriales competentes en materia de salud serán los encargados de «la adopción de los niveles de alerta sanitaria establecidos» en esta resolución, «junto con la aplicación de las medidas que correspondan a cada uno de ellos, incluida la limitación de la libertad de circulación de las personas en vías y espacios públicos entre las 2,00 y las 7,00 horas de la mañana» en «municipios de más de 5.000 habitantes que superen una tasa de incidencia acumulada ascendente de más de 1.000 casos a 14 días por cada 100.000 habitantes».
Al colisionar con derechos fundamentales como el de la libre circulación, esta medida deberá ser posteriormente ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).