Correos deberá separar en sus cuentas la operativa compensada por el Estado del resto de actividades


Una orden ministerial sobre contabilidad analítica y separación de cuentas de los operadores postales obligará a Correos a separar en sus cuentas los ingresos por los envíos incluidos en el Servicio Postal Universal (SPU) del resto de las actividades.

El SPU incluye los envíos nacionales y transfronterizos (ordinarios y certificados) de cartas, tarjetas postales (hasta 2 kilogramos) y paquetes postales (hasta 20 kilos), servicios por los que recibe una compensación económica del Estado.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) considera positivos los cambios que introducirá esa orden ministerial con nuevos requisitos contables, como la obligación también de presentar un doble sistema: uno de costes históricos totalmente distribuidos y otro de costes incrementales a largo plazo.

No obstante, la CNMC ha emitido una serie de recomendaciones al respecto, como que se aclare quiénes son los destinatarios de la orden, indicando que, además del operador designado (Correos), lo son el resto de los operadores postales que presten servicios en el ámbito del SPU.

Asimismo, insta a que se sustituya «metodología» por «sistema» de costes incrementales y se aclare que dicho sistema se introduce a efectos de la supervisión regulatoria, al mismo tiempo que pide que se le otorgue a la CNMC la capacidad de verificar «que los activos asignados a los centros de coste se encuentran en uso y adecuadamente inventariados», cuando lo estime oportuno en el marco del ejercicio de sus funciones de supervisión regulatoria.

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