Congreso y Senado aprueban el Código de Conducta de las Cortes, con el voto en contra de Vox
Los parlamentarios tienen hasta febrero para presentar sus declaraciones de intereses, pero no se podrá comprobar su veracidad
El Congreso y el Senado han aprobado este jueves, en una reunión conjunta de las Mesas de ambas Cámaras, el nuevo Código de Conducta de las Cortes Generales, un documento por el que se extienden al Senado el grueso de las normas que ya se aprobaron para el Congreso hace dos legislaturas aunque nunca se llegaron a aplicar. El texto ha sido aprobado por todos los partidos con presencia en estos órganos salvo Vox, que ha votado en contra.
La Cámara Baja, en las últimas semanas de la presidencia de la popular Ana Pastor, aprobó en febrero de 2019 el Código ético para los diputados. Lo hizo siguiendo las recomendaciones del Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa (GRECO), pero esta misma institución conminó a las autoridades españolas a extenderlo al Senado.
Una vez estudiadas las aportaciones de los grupos al borrador redactado por los servicios jurídicos, el texto ha sido aprobado, quedando derogado el código del Congreso. «Tenemos la obligación de lanzar un mensaje claro y contundente a la ciudadanía sobre el compromiso de la política, de todos y cada uno de nosotros, por acabar con la corrupción y apostar por la transparencia», han afirmado las presidentas del Congreso, Meritxell Batet, y del Senado, Pilar Llop.
El documento ha salido adelante con el apoyo de los representantes de PSOE, PP, Unidas Podemos y PNV en los órganos de gobierno. Vox ha optado por el no al no aceptarse ninguna de las sugerencias del vicepresidente cuatro de la Mesa del Congreso, Ignacio Gil Lázaro, para quien las nuevas normas son en realidad un «Código de sospecha».
Entre otras cosas, Vox pedía que se concretara la fórmula del juramento o promesa de la Constitución que deben usar sus señorías en el momento de acceder a la condición de parlamentarios y que fijara un régimen de sanciones por «el uso de modos o expresiones vejatorias dirigidas a otros parlamentarios, grupos políticos o instituciones del Estado».
Además de aprobar el código que entrará en vigor en cuanto se publique, las Mesas han acordado dar de plazo hasta el próximo 1 de febrero, cuando arranca el nuevo periodo de sesiones, para que los parlamentarios rellenen sus declaraciones de intereses económicos que quedarán publicadas, como ya lo están las de patrimonio y actividades, en la webs de cada Cámara.
Eso sí, a diferencia de lo que estaba previsto para el Congreso, el nuevo código común especifica que éstas «sólo responderán de la información facilitada por los parlamentarios». También se ha acordado que conste que son sus señorías las que se responsabilizan de la «veracidad» de la información que proporcionan.
El nuevo Código, al que ha tenido acceso Europa Press, introduce algunos cambios respecto al del Congreso, como la creación de una única Oficina de Conflicto de Intereses de las Cortes, en lugar de que cada Cámara tenga la suya.
RESOLVER DUDAS DE INTERPRETACIÓN
Esta oficina tendrá su sede en el Congreso y estará encabezada por un letrado con experiencia en esta materia que será nombrado por las Mesas de ambas Cámara con rango de director general. Su labor será resolver las dudas de interpretación que genere la aplicación del Código que podrán ser planteadas por los parlamentarios o por las Mesas.
Tendrá que actuar «con total reserva respecto de las dudas planteadas» y elaborar un informe anual sobre el cumplimiento del código, pudiendo hacer recomendaciones para mejorar su eficacia, pero manteniendo en todo momento «la confidencialidad sobre los casos que hayan planteado dudas de interpretación».
Aunque la Oficina de Conflicto de Intereses que se debía haber creado en el Congreso tras la aprobación del Código de 2019 tenía competencias para comprobar «la veracidad del contenido» de las declaraciones de intereses que rellenaran sus señorías, la futura Oficina única no las tendrá.
Además, en cada una de las Cámaras se creará un Registro de Intereses que dependerá directamente de la Presidencia, aunque su gestión administrativa corresponderá a los órganos competentes de la Secretaría General de cada una de ellas.
NO A LOS REGALOS DE MÁS DE 150 EUROS
El documento subraya que los parlamentarios no podrán aceptar regalos, favores o servicios que les sean ofrecidos por su cargo o pueda entenderse que buscan influir en su labor parlamentaria. Eso ya regía para el Congreso, pero ahora se especifica que tampoco podrá aceptarlos «su entorno familiar». Asimismo, ahora sí se concreta que no se deben aceptar presentes que superen los 150 euros, al contrario de lo que ocurría en código del Congreso, que no fijaba cantidad alguna.
Otra de las novedades es que se acota el periodo sobre el que los parlamentarios deben informar de su actividades anteriores. Tendrán que informar de las actividades que hayan desarrollado durante el lustro anterior a su desembarco en las Cámaras. Si se trata de actividades por cuenta ajena, precisando el nombre de sus empleadores y el sector de la actividad.
También deberán comunicar las donaciones, obsequios y beneficios no remunerados de cualquier naturaleza que hayan obtenido para sí, en el mismo periodo, incluyendo viajes e invitaciones a actividades culturales o deportivas que, por su valor económico o cualquier otra circunstancia puedan ser relevantes a efectos de un eventual conflicto de intereses.
Además se obligará a los parlamentarios a informar también de las fundaciones y asociaciones a las que contribuyan o hayan contribuido ya sea económica o altruistamente. En el borrador se planteaba que informaran también de las ONG con las que colaboran, pero finalmente se ha descartado ese punto.
INFORMAR SI HAY CONFLICTO DE INTERESES
Cuando exista un conflicto de intereses, el parlamentario deberá informar del mismo a la Presidencia del órgano correspondiente antes del inicio del debate del asunto que le afecte. Si duda de que exista o no, podrá dirigirse, «con carácter confidencial», a la Mesa de la Cámara correspondiente para que resuelva lo que proceda, pudiendo pedir un informe a la Comisión sobre el Estatuto de los Diputados o a la de Incompatibilidades del Senado.
La Presidencia de cada una de las Cámaras, de oficio o a petición de otro parlamentario, podrá solicitar la apertura de un procedimiento para dilucidar si se ha producido una infracción del código por parte de un parlamentario, especialmente en el caso de conflicto de intereses.
Las encargadas de elaborar un informe sobre la posible infracciónserán la Comisión del Estatuto de los Diputados o a la Comisión de Incompatibilidades del Senado, que deberán escuchar al afectado y podrán en recabar informe de la Oficina de Conflicto de Intereses correspondiente.
El informe de la comisión deberá concluir si ha existido o no infracción y, proponer, en su caso, la sanción que corresponda de acuerdo con el Reglamento de la Cámara. Serán las Mesas del Congreso y el Senado, respectivamente, las que resuelvan si se impone o no sanción.
ACATAMIENTO DE LA CONSTITUCIÓN
Asimismo, el nuevo código remarca que cuando los parlamentarios viajen atendiendo invitaciones «personales o particulares» o que provengan de entidades privadas y esos desplazamientos no cuentan con autorización de las Cámaras «se abstendrán de hacer uso de su condición para asumir una representación oficial de las Cámaras» y en todo caso cumplirán el código ético.
Aunque fue eliminado del borrador inicial redactado por los servicios jurídicos, finalmente, a petición del PSOE y el PP, el código incluye entre los principios que deben regir la actuación de los parlamentarios la mención de que han de hacerlo «con acatamiento y respeto a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico, especialmente al Reglamento del Congreso de los Diputados y a las resoluciones que lo desarrollan».