Condenado un empresario en Sevilla por el impago «deliberado» de casi 600.000 euros a la Seguridad Social
SEVILLA, 6
La Audiencia de Sevilla ha condenado a un varón por un delito contra la Seguridad Social, derivado de no haber pagado e manera «continuada, consciente y deliberada» las cuotas de la Seguridad Social de la plantilla de la empresa que dirige, incluso pese a cosechar beneficios algunos años, generando una «elevada deuda» de 578.657 euros con dicho organismo estatal.
En una sentencia emitida el pasado 23 de noviembre y recogida por Europa Press, la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla declara probado, de conformidad entre las partes del proceso judicial y con la aceptación del acusado, José Manuel J.C., con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia; que como administrador único de la empresa Industria General de la Motocicleta SL, ubicada en el polígono Los Cantosales de Mairena del Alcor y dedicada a la fabricación de motocicletas; tenía dicha sociedad de alta en la Seguridad Social desde 1994 con una plantilla de cuatro empleados pero, «de manera consciente y deliberada ha venido impagando las cuotas de la Seguridad Social, a pesar de haber obtenido beneficios en algunos ejercicios, de manera continuada, generado una elevada deuda con la Seguridad Social debido al impago de los seguros sociales entre los años 2013 y 2015 con un perjuicio económico a la Seguridad Social por valor de 578.657 euros.
Según la sentencia condenatoria de conformidad entre las partes, «desde febrero del año 2013 a noviembre del año 2015, período regido por la reforma del Código Penal en esta materia, la deuda» del inculpado con la Seguridad Social ha ascendido a 578.657 euros, pesando además que le habían sido concedidos hasta «tres aplazamientos de pagos, todos ellos incumplidos».
Así, y aceptando José Manuel J.C. este relato de hechos probados, el tribunal le declara autor de un delito contra la Seguridad Social, imponiéndole dos años de cárcel, una multa de 578.657 euros, una indemnización por el mismo importe en favor de la Seguridad Social y cuatro años de prohibición de percibir subvenciones públicas o beneficios e incentivos fiscales de la Seguridad Social.
También se le impone el pago de las costas del proceso judicial, siendo suspendida durante cuatro años su pena de cárcel a condición de que pague efectivamente la multa y la indemnización que figuran en su condena.