CCOO y UGT critican que el Gobierno haya autorizado el aumento de la exposición laboral a 3 sustancias cancerígenas

Los sindicatos CCOO y UGT han criticado el proyecto de Real Decreto presentado en el pleno de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, y que responde a la obligación del Gobierno de trasponer antes de enero la Directiva 2017/2398 que modifica la Directiva de agentes cancerígenos y mutágenos, por el que se ha autorizado el aumento de la exposición laboral a tres sustancias cancerígenas.

En concreto, tal y como han explicado, la nueva directiva fija valores límites obligatorios para 14 sustancias cancerígenas, frente a los tres existentes en la anterior, pero se trata de un nivel de protección mínima que puede ser mejorado por los estados miembros en el momento de la trasposición.

El ordenamiento preventivo español, apostillan, cuenta como documentación de referencia con el documento Límites de Exposición Profesional para Agentes Químicos en España que se revisa anualmente desde el año 2000 por el grupo de trabajo de valores límites de la Comisión Nacional, con participación de la Administración General del Estado, comunidades autónomas y organizaciones patronales y sindicales más representativas.

Durante todo el proceso de tramitación del Real Decreto, los sindicatos han solicitado que la trasposición respetara los valores límites vigentes en España en aquellos casos en los que eran inferiores a los propuestos por la Directiva, con el objetivo de mantener el nivel de protección de los trabajadores expuestos de los últimos años.

Este criterio reflejó en los borradores facilitados por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social durante el proceso de tramitación. Sin embargo, UGT y CCAA han comentado que en el proyecto definitivo presentado a la Comisión Nacional, el Gobierno «renuncia a este criterio e incrementa los valores límite de tres sustancias», aceptando las alegaciones de empresas, organizaciones patronales y la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo (AMAT).

«Entendemos que esta trasposición literal puede suponer un grave deterioro del nivel de protección de la población laboral expuesta, ya que en el caso de la sílice cristalina se pasa de 0,05 mg/m3 a 0,1 mg/m3, en el del bromoetileno de 2,2 mg/m3 a 4,4 mg/m3 y en el de la acrilamida de 0,03 mg/m3 a 0,1 mg/m3», han dicho las organizaciones sindicales.

El valor límite del polvo respirable de sílice, que pasa a ser clasificada como cancerígena con esta directiva, fue aprobado en 2013 y se dio un periodo de dos años, hasta 2015, para su entrada en vigor con el fin de que las empresas pudieran adaptar sus equipos y organización de trabajo al nuevo límite.

En este punto, los sindicatos han recordado que tanto la acrilamida como el bromoetileno ya aparecían clasificados como cancerígenos o mutágenos y con los valores límites actuales en el documento de Límites de Exposición Profesional del año 2000. Por ello, aseguran que la propuesta supone «un retroceso de al menos dos décadas» en el nivel de protección frente a estas dos sustancias.

La Directiva 2017/2398 está orientada a mejorar la protección de los trabajadores y las trabajadoras frente a los agentes cancerígenos o mutágenos, algo que se garantiza con la entrada en vigor del resto de valores límite. Sin embargo, CCOO y UGT han avisado de que el aumento en España de los valores límites de sílice cristalina, acrilamida y bromoetileno «choca frontalmente» con este objetivo y, en algunos casos, supone un «retroceso» de décadas en los niveles de protección, algo «especialmente dramático» en el caso de la sílice cristalina, debido al «gran volumen» de población trabajadora expuesta y al repunte de casos de trabajadores enfermos por este agente que se ha experimentado en nuestro país durante los últimos años.

«Desde UGT y CCOO reclamamos la revisión de estos valores antes de la aprobación del real decreto en el Consejo de Ministros. No se puede anteponer la competitividad y los beneficios empresariales frente a la salud de la población trabajadora, máxime cuando las empresas españolas ya deberían haberse adaptado a los niveles de protección establecidos legalmente desde hace años o incluso décadas en nuestro país», han zanjado.

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