Cantabria espera tener esta semana el aval del MITECO para iniciar la extracción de lobos en tres zonas
Blanco espera que el Ministerio no se oponga y no descarta nuevas autorizaciones, aunque por ahora se mantiene el máximo de 10 ejemplares
El Gobierno de Cantabria espera que el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITECO) remita esta misma semana el informe «preceptivo» que permita iniciar ya las extracciones del lobo previstas en las resoluciones dictadas por el Ejecutivo regional, con un máximo de diez ejemplares en tres zonas de Cantabria.
Cantabria espera que el Ministerio no se oponga a dichas extracciones una vez que, según entiende el Ejecutivo regional, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), «avalara» dichas resoluciones de extracción de lobos al desestimar la medida cautelar solicitada por una asociación que pedía dejarlas en suspenso las resoluciones.
A preguntas de los medios de comunicación, el consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Guillermo Blanco (PRC), ha anunciado que este mismo lunes desde su departamento se ha remitido una nueva solicitud al Ministerio para que lo haga, una vez que el 28 de julio se aprobara –aunque con el voto de Cantabria y de otras comunidades loberas — la Estrategia Nacional del Lobo.
Blanco ha explicado que desde el Ministerio se había trasladado en solicitudes previas de Cantabria la necesidad de esperar a la aprobación de la Estrategia, basada en la inclusión del lobo en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESPRE), para pronunciarse sobre dichas resoluciones.
Por ello, una vez que dicha Estrategia, con la que Cantabria no está de acuerdo y a la espera de que la Audiencia Nacional se pronuncie sobre la inclusión del lobo en el LESPRE, ya está aprobada, la comunidad autónoma ha reclamado al Ministerio que remita ya ese informe «preceptivo» que avala el procedimiento para poder iniciar las extracciones.
Dichas resoluciones del Gobierno de Cantabria fueron publicadas en el Boletín Oficial de Cantabria el miércoles 15 de junio y, en ellas, se autorizaba el control del lobo en tres zonas de la comunidad, que comprenden los municipios de Polaciones, Tudanca, la Hermandad de Campoo de Suso, Ruente, Cabuérniga, Los Tojos y en la Mancomunidad Campoo-Cabuérniga, que eran las que estaban sufriendo, según el Ejecutivo, más ataques.
Concretamente en dichas resoluciones se autorizaba a la extracción un máximo de diez lobos: dos en los municipios de Polaciones, Tudanca, su entorno y zona limítrofe con la mancomunidad; cuatro en la Hermandad de Campoo de Suso, y otros cuatro ejemplares en Ruente, Cabuérniga, Los Tojos y la mancomunidad de Campoo-Cabuérniga.
Blanco «espera» que el Ministerio no se oponga a dichas extracciones, a su juicio «avaladas» por el TSJC y «no dificulte más la necesidad» de llevar a cabo las mismas.
Según ha insistido el consejero, son «extracciones puntuales», hechas «con cirugía» y señalando ejemplares «determinados» de manadas concretas.
BLANCO NO DESCARTA AUTORIZAR MÁS EXTRACCIONES
Además, y aunque «inicialmente» Cantabria se ajustará a las extracciones señaladas de diez ejemplares, el consejero ha indicado que «habrá más necesidades» de ellas en lugares que «se necesiten» pues, según ha dicho, «son muchas» las zonas con ataques.
Blanco ha insistido que dichas extracciones puntuales del lobo «no influyen» en la pervivencia de la especie.
El consejero ha realizado estas declaraciones antes de participar en un encuentro con representantes del sector ganadero para presentarles la nueva Ley de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria, conocida popularmente como ley del suelo.
LA DECISIÓN DEL TSJC
El pasado viernes, 29 de julio, se dio a conocer que el TSJC había desestimado la medida cautelar solicitada por la Asociación para la Conservación del Lobo Ibérico de dejar en suspenso las resoluciones dictadas en junio por el Gobierno de Cantabria que autorizaban estos controles del lobo.
Sin embargo, desde el TSJC, se aclaraba que la Sala se había limitado a resolver el incidente cautelar pero no ha entrado a valorar la legalidad de las citadas resoluciones, sobre la que, según dijo, se pronunciará más adelante.
La Sala explicaba que decidía no suspender las resoluciones, ya que en ellas se supeditan las posibles batidas a que se produzcan nuevos daños, a que los agentes del Medio Natural los certifiquen y a que se dicten resoluciones específicas para ello, resoluciones que –indicaba– podían ser objeto de un nuevo recurso contencioso-administrativo y de una nueva petición de medida cautelar.
De esta forma, el tribunal entendía que, por tanto, no concurría el requisito de peligro en la mora, esto es, que no existe peligro de que si no se suspendían de manera cautelar las citadas resoluciones el recurso contencioso-administrativo presentado por la Asociación pierda su objeto, ya que de la resolución impugnada no se deriva la inminente extracción de los lobos.
No obstante, la decisión de la Sala contó con el voto particular del presidente de la Sala, el magistrado Rafael Losada, para quien las resoluciones sí deben quedar en suspenso al considerar que en ellas se habían «omitido» los requisitos de la Orden Ministerial que incluye al lobo en el LESPRE, lo que, a su juicio, venía a «confirmar que la decisión de control letal ya ha sido tomada».
«Se trasluce una resuelta decisión de sacrificar indiscriminadamente ejemplares de lobo ibérico, cuyo valor medioambiental es prevalente y su primacía ha sido reconocida por el Tribunal Constitucional», defendía.
Sin embargo, para la mayoría de la Sala, las resoluciones del 13 de junio «no habilitan por sí mismas la caza del lobo, sino que a tal fin es necesario un acto administrativo posterior cuyo presupuesto ineludible es la producción de nuevos ataques del lobo».
Precisaban que cada una de las resoluciones «se denominanautorización, pero no contienen una habilitación directa de dichas acciones» porque «la misma queda remitida a una resolución posterior a dictar expresamente cuando y solo si se producen nuevos ataques del lobo».