Bruselas quiere garantizar acceso a comités de empresa a millones de empleados que están excluidos

BRUSELAS, 24

La Comisión Europea ha propuesto este miércoles una revisión de la directiva de comités de empresa que elimina las excepciones de su ámbito de aplicación para que los cerca de 5,4 millones de trabajadores que están excluidos por tener acuerdos voluntarios puedan beneficiarse de una aplicación equitativa.

El objetivo de esta propuesta es abordar algunas «deficiencias» de la directiva vigente, de modo que los comités de empresa puedan utilizarse de manera «más frecuente y con una eficacia aún mayor», ha destacado el comisario europeo de Empleo y Derechos Sociales, Nicolas Schmit, que ha presentado la revisión junto al vicepresidente económico de la Comisión, Valdis Dombrovskis.

La revisión les garantizará el derecho a solicitar la creación de un comité de empresa, aunque también podrán optar, junto con la dirección, por preservar los acuerdos voluntarios si consideran que estos funcionan correctamente.

En el contexto de las solicitudes de creación de un nuevo comité de empresa, los representantes de los trabajadores obtendrían un derecho claro a la cobertura de sus costes jurídicos razonables y una mayor seguridad jurídica en cuanto a la obligación de la dirección de iniciar negociaciones en un plazo de seis meses.

Además de otorgar igualdad de derechos a los trabajadores de empresas multinacionales que operan en la UE para solicitar la creación de un nuevo comité de empresa europeo, la revisión también busca eliminar duplicidades para que la labor de los comités de empresa europeos complete la de los organismos nacionales de información y consulta, en lugar de solaparse con ella.

De igual modo, quiere garantizar que se consulte a los trabajadores de las empresas multinacionales de manera oportuna y significativa sobre los aspectos que les conciernen y que los comités de empresa europeos tengan la capacidad necesaria para llevar a cabo su trabajo.

Por otro lado, la Comisión pretende reforzar el equilibrio de género para que siempre que se negocie el acuerdo de un comité de empresa, se establezcan disposiciones para alcanzar, en la medida de lo posible, una composición equilibrada desde la perspectiva de género.

Esto incluye el requisito de buscar activamente el equilibrio de género en las comisiones negociadoras, que son grupos temporales de representantes de los trabajadores que negocian un acuerdo de comité de empresa europeo con la empresa.

Según el texto, los Estados miembro deberán notificar a la Comisión el modo en que los comités de empresa europeos pueden iniciar procedimientos judiciales y, en su caso, administrativos y las capitales tendrán también la obligación de imponer sanciones efectivas, disuasorias y proporcionadas para hacer cumplir la directiva.

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